Modificación del Reglamento de Compras y Contrataciones.

El Concejo Deliberante aprobó por unanimidad , la modificación del Reglamento Compra y Contrataciones.

 

El  Ejecutivo envía Proyecto de Ordenanza que versa sobre la modificación de los montos de las contrataciones establecidos en el reglamento de Compras y Contrataciones y que se encuentran fijados en la Ordenanza nro. 9368/2012.-

La economía evidenció aumentos sobre los precios de las obras, bienes y servicios, produciendo un alza generalizada en los costos de adquisición de insumos, incluso para los productos no ligados a oscilaciones del dólar estadounidense y aún los relacionados con el valor del barril de petróleo;

En virtud de lo precedentemente expuesto, es de aplicación para la modificación del límite, el índice de precios internos al por mayor (IPIM), que mide la evolución de los precios de los productos de origen nacional e importado ofrecidos en el mercado interno;

 

El índice de precios internos al por mayor (IPIM) publicado por el INDEC para el mes de Septiembre de 1995 fue 107,5274, correspondiendo para el mes de Diciembre de 2013 un índice de 655,91, resultando un coeficiente de actualización de 6,10;  surgiendo que por aplicación del mencionado coeficiente el monto actualizado establecido en el inciso 1) del Artículo 64º de la Ley 2141 de Administración Financiera y Control es de Pesos Seiscientos Diez Mil ($610.000,00);

Se sustituyo  el Artículo 3º, inciso 1) del REGLAMENTO de COMPRAS Y CONTRATACIONES, Anexo I de la Ordenanza 6698/06, por el siguiente: 

 

Hasta Seiscientos Mil Pesos ($600.000.-) según lo establece el presente Reglamento. El Concejo Deliberante podrá autorizar modificaciones a dicho límite a solicitud fundada del Departamento Ejecutivo, quedando establecidos los montos límites para las contrataciones de acuerdo a lo siguiente:

 

a) LICITACIÓN O REMATE PÚBLICO: más de $600.000.-
b) LICITACIÓN PRIVADA: hasta $600.000.-
c) CONCURSO DE PRECIOS: hasta $150.000.-
d) CONTRATACIONES DIRECTAS: hasta $30.000.-

 

 

Ante lo mencionado es que  el Gobierno de la Provincia del Neuquén  modificó sus montos límites elevando los mismas para las contrataciones que se refiereel  inciso 1) del Artículo 64º de la Ley 2141 de Administración Financiera y Control ”  mediante Decreto Nº 0301/2014  del 25 de febrero de 2014 ; resultando, como consecuencia de lo antes expuesto, indispensable la readecuación de los montos de adquisiciones y contrataciones para el Municipio de San Martín de los Andes.

Se modificaron los montos  de acuerdo al siguiente detalle:

a.     Hasta $600.000.- 

b.     Hasta $150.000.- 

c.      Hasta $ 30.000.

 

 

Asimismo y en el mismo sentido se hace necesario readecuar los montos de autorización para las adquisiciones y contrataciones del Artículo 3º, inciso 2)  incisos q), r) y  t) . La readecuación es la siguiente:


q) La adquisición de alimentos destinados a los Comedores Comunitarios y Programas Nutricionales hasta un monto mensual de Pesos Setenta Mil ($70.000.-)

 

r) La adquisición de insumos destinados al Programa Municipal de Construcción de Viviendas hasta un monto mensual de pesos cincuenta mil ($ 50.000.-)

Se sustituye en el artículo 3º, inciso 2) el inciso t) al REGLAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, Anexo I de la Ordenanza 6698/06 con el siguiente texto:

t) La adquisición de insumos y/o contratación de servicios con fondos provenientes de la Ley Provincial nº 2615, Artículo 5º , y/o fondos provenientes del Fondo Federal Solidario, se adecúan los montos de contratación a la Ley de Administración Financiera y Control 2141, Decreto 2758/95 Reglamento de Contrataciones y los que en el futuro los modifiquen y a la Ley 687 de Obras Públicas, Decreto 1528/10 y los que en el futuro los modifiquen.

 

 

Se deroga la Ordenanza 9368/12.-

 

 

 

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