Solicitan re apertura del Consejo Consultivo Local de Bosque Nativo

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Representantes de la Asamblea Socio Ambiental de San Martín de los Andes hicieron uso de la banca del vecino para solicitar la re apertura del Consejo Consultivo Local de Bosque Nativo.

El mismo responde a la ley provincial 2780 de Ordenamiento Territorial de Bosque Nativo, que crea el Consejo Consultivo Provincial y Consejos Consultivos Locales. Es de mencionar que el Consejo Consultivo de nuestra localidad fue el único en la provincia que se constituyó, cumpliendo sus funciones a lo largo de un año, hasta mediados del 2014.

Compartimos con la comunidad la presentación realizada en el uso de la banca del vecino: 

Consejo Consultivo

Banca del Vecino 03/11/2016

RE APERTURA DEL CONSEJO CONSULTIVO LOCAL DE BOSQUE NATIVO EN San Martín de los Andes – LEY 2.780

Desde la Asamblea Socio Ambiental de San Martín de los Andes, nos presentamos en esta oportunidad para solicitar que este Concejo Deliberante inste a quien corresponda la RE APERTURA DEL CONSEJO LOCAL DE BOSQUE NATIVO EN SMA, contemplado en la Ley Provincial  n°2.780.

La Asamblea Socio Ambiental es un espacio que se conformó en Agosto de 2015 en esta localidad, a raíz de la tentativa de la empresa minera Southern Copper de instalar una mina metalífera a cielo abierto en las nacientes del río Catán Lil, fuente de vida tanto para la comunidad de Las Coloradas como de las comunidades mapuches del área. Este espacio asambleario se compone de organizaciones sociales, ambientales,  gremiales,   vecinas y vecinos de la localidad. Desde la Asamblea abordamos diferentes problemáticas que afectan los bienes comunes que nos rodean, como los lagos, bosques y ríos, tanto en San Martín de los Andes como en la región. Actualmente estamos trabajando un anteproyecto de Ley Provincial para la prohibición de la minería metalífera a cielo abierto junto con otras asambleas y organizaciones de la Provincia de Neuquén, participamos en el Foro Multisectorial por una Costanera Pública en el Lago Lacar y durante este año nos hemos dedicado también a solicitar la puesta en funcionamiento del Consejo Consultivo de Bosque Nativo Local contemplado en la Ley Provincial 2.780 en diferentes ámbitos y a la Campaña NO A LA TALA, CUIDEMOS NUESTRO AGUA.

Para repasar un poco la historia y fundamentos de esta presentación, comentamos que en noviembre de 2011 fue sancionada la Ley provincial nº 2.780, que es el Ordenamiento Territorial de Bosque Nativo, norma para el manejo y conservación de bosques en Neuquén. Dicha norma es subsidiaria de la ley nacional 26.331 de presupuestos mínimos para la conservación y manejo de los bosques nativos, de la cual la ley provincial toma su espíritu y principios de estos bienes comunes.  

La ley provincial crea un Consejo Consultivo Provincial y Consejos Consultivos Locales (artículos 51 a 54). El Consejo Consultivo de Bosques Nativos cumple la función de asesorar en el proceso de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos; concilia intereses del sector productivo con el proyecto de desarrollo forestal de la Provincia; sugiere a la autoridad de aplicación las medidas necesarias para superar los problemas del sector forestal, en función de un desarrollo armónico y sustentable; cumple la instancia de consulta e información sobre los avances de aplicación de la ley en el territorio; propone a la autoridad de aplicación programas, proyectos o normativas relacionadas con el aprovechamiento sustentable y la conservación del bosque nativo.

En el municipio de San Martín de los Andes comenzó a funcionar un Consejo Consultivo Local de Bosque Nativo (CCLBN), creado por Resolución nº 350/13 del Ministerio de Desarrollo Territorial con una duración de un año. Cabe destacar que fue el único municipio que efectivizó este derecho.

El CCLBN estuvo integrado por el Ministerio de Desarrollo Territorial, el Departamento Ejecutivo Municipal, el Concejo Deliberante, la Universidad Nacional del Comahue, organizaciones profesionales (agrimensura, geología y arquitectura), el Parque Nacional Lanín y por organizaciones socioambientales  y  gremiales  locales.

Durante el año que duró esa instancia de participación interinstitucional y ciudadana se puso en debate público aspectos jurisdiccionales de la ley: la gestión de expedientes con loteos previos a la puesta en práctica de la ley 2.780; la situación de los bosques del Cerro Chapelco y distintas anomalías del concesionario del centro de esquí público; la necesidad de una planificación ambiental integral de dicho centro de esquí ubicado en altas cuencas; el ajuste del ordenamiento territorial de bosques nativos y la formulación y ejecución de un proyecto para planificar en materia de fuegos de interfase en el ejido municipal. Toda esta agenda consta en las actas, expedientes y artículos de prensa.

Ahora bien, la Resolución nº 350/13 establecía un plazo de vigencia para el Consejo de  12 meses. Una vez finalizado ese lapso el Ministerio de Desarrollo Territorial no dictó otra Resolución, por lo tanto el Consejo Consultivo Local de Bosques Nativos de San Martín estuvo casi inactivo durante dos años. Se aclara el “casi” ya que hubo una pequeña ventana de dos meses, Noviembre y Diciembre del año 2015 concedido por Resolución nº 646 del Ministerio de Desarrollo Territorial. En esos dos meses hubo una sola reunión. Fue política de las organizaciones socio ambientales insistir frente los Estados Municipal y Provincial sobre la necesidad de no interrumpir el espacio formal del Consejo Consultivo Local, dado que éste daba cumplimiento a uno de los principios del marco legal, como lo es la participación ciudadana en materia de Bienes Comunes.

Durante esos dos años que el Consejo Consultivo Local de Bosque Nativo estuvo inactivo se cambiaron de categoría 600 hectáreas de bosque nativo en el ejido urbano de la localidad y en las adyacencias del mismo. Casi todos esos cambios de categoría fueron a solicitud de propietarios  privados. Cambios, por cierto, que no fueron sometidos a audiencia pública prevista por ley 2.780. Casi todas estas “propuestas” de cambio fueron impulsadas por emprendedores inmobiliarios y el concesionario del Cerro Chapelco en  expedientes que poco tuvieron de públicos y participativos.

El propósito de los Consejos Consultivos Locales es, justamente, verificar en detalle la zonificación propuesta por la ley, corrigiendo ciertos sectores que han quedado superpuestos con usos urbanos del ejido municipal, de acuerdo a los criterios establecidos por la ley; evaluar proyectos aprobados por la Municipalidad con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley; evaluar proyectos de carácter público o privado como nuevas urbanizaciones, obras de infraestructura viales que afecten bosque nativo, etc.; trabajar en la elaboración de proyectos de conservación de áreas ambientalmente sensibles que el municipio desea poner en valor. 

A partir del 11 de diciembre de 2015  formalizamos el pedido a la Intendente municipal de San Martín de los Andes para que renueve las gestiones en el sentido de devolverle a San Martín de los Andes el Consejo Consultivo Local, pedido que también realizamos (en paralelo) a la Dirección General de Recursos Forestales del Ministerio de Producción y Turismo.

En mayo de este año (seis meses después), la Secretaría de Planificación Estratégica del Municipio solicitó por nota (12/5/16) a la Dirección de Recursos Forestales la reapertura del mismo.  La respuesta de la Dirección de Recursos Forestales (Nota 334DGRF Nº 16 – 5/16) fue que el CCLBN no se convocaba porque faltaba la designación del titular de la Subsecretaría de Producción. El  cargo ya fue ocupado hace varios meses y es de público conocimiento.

Con fecha 2/09 del presente enviamos nota a la Subsecretaría de Producción y al Ministerio de Producción y Turismo sobre este particular. A la fecha, ambas notas no tuvieron respuesta.

Como lo hemos hecho público en reiteradas oportunidades, nuestra preocupación como espacio que nuclea a organizaciones sociales, gremiales , ambientales, vecinas y vecinos de la localidad, es que se siga modificando el ordenamiento territorial o se realicen alteraciones de ambientes boscosos sin garantizar los espacios de participación prevista en la normativa provincial como así también la nacional. La reapertura del Consejo Consultivo en nuestra localidad sería el primer paso en ese sentido. La administración de los recursos naturales (Bienes Comunes) en la actualidad son escenarios de conflictos de intereses. Que esos conflictos se gestionen de forma virtuosa sólo depende de un derecho constitucional: la participación ciudadana. En Neuquén sabemos que cuando los gobiernos que administran el Estado toman atajos a estos derechos, los conflictos y debates se transforman en acciones directas y/o judicializaciones. Esta Asamblea Socio Ambiental sostiene que en San Martín de los Andes nos merecemos otro destino para nosotros y las generaciones futuras.

El Concejo Deliberante fue un integrante activo del CCLBN de San Martín de los Andes y el actual tiene a sus representantes nombrados por Resolución C.D. n° 207/2015 Comisiones C.D. ordinarias y especiales año 2016.  En ese carácter es que las organizaciones sociales, gremiales, ambientales y vecinos que conforman  esta Asamblea le solicitamos a los representantes del pueblo que tomen cartas en el asunto y realicen de manera urgente las gestiones administrativas y políticas que nos devuelvan calidad de democracia a San Martín de los Andes en materia de bosques nativos actuales y futuros. Adjuntamos a la presente petición copia de todas las gestiones formales realizadas ante el Ejecutivo Municipal y distintas instancias provinciales, responsables jurisdiccionales de la ley 2.780. No queremos que el silencio de los funcionarios responsables sea la moneda corriente en materia de conservación y manejo de los bosques nativos provinciales. No es la primera vez que estamos ante  Uds. para expresarles que la desidia del Estado frente a temas conflictivos, como son los modelos de desarrollo y la naturaleza, solo aumentan el maltrato a la Madre Tierra promoviendo desigualdad entre ciudadanos.

Esperamos junto a Uds. honrar con participación ciudadana el cumplimiento de la ley provincial 2.780 que regula nuestros bosques nativos.

Muchas gracias por escucharnos.

      Asamblea Socio Ambiental de San Martín de los Andes

 

PRESENTACIÓN BANCA DEL VECINO

Segundo Informe: Encuesta en San Martín de los Andes

Primer Informe sobre los bosques, el cerro Chapelco y la empresa concesionaria.

 

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