SE APROBÓ REGULACIÓN DE LA ACTIVIDAD DE FOOD TRUCKS EN LA VÍA PÚBLICA

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SE APROBÓ REGULACIÓN DE LA ACTIVIDAD DE FOOD TRUCKS EN LA VÍA PÚBLICA

El Concejo Deliberante de San Martín de los Andes aprobó por unanimidad la ordenanza que establece el marco regulatorio para ejercer la elaboración y comercialización de alimentos y/o bebidas por medio de “vehículos gastronómicos” o food trucks en la vía pública, dentro del ejido de San Martín de los Andes.

La iniciativa de los concejales Martín Rodríguez y Evaristo González, de los bloques Unidad Ciudadana y Nuevo Compromiso Neuquino, que llevó más de 18 meses de trabajo, contó con la colaboración de, tanto, los emprendedores interesados, como de la Asociación Hotelera Gastronómica y los aportes necesarios de diferentes sectores del departamento ejecutivo municipal.

En tanto la norma explica que los vehículos gastronómicos deberán prestar el servicio de elaboración de los alimentos y su comercialización en el  lugar habilitado a tal fin, en horario establecido y por un período mínimo de  siete (7) meses al año, los que pueden ser corridos o alternados.

También fija los espacios habilitados en el ejido municipal según los diferentes periodos del año, siendo:

  • Verano (desde el 21 de diciembre al 31 de marzo)
  1. Costanera Sur
  2. Plaza Fito Teberna
  3. Plaza Sarmiento
  4. Plaza del Sol (Barrio Cordones de Chapelco)
  5. Vega San Martín (frente al F.A.S.T.A)
  6. Rotonda El Arenal
  7. Plaza Güemes
  8. Playa bonita ( Lago Lolog)
  • Otoño (desde el 1° de abril al 30 de junio)
  1. Plaza Fito Teberna
  2. Plaza Sarmiento
  3. Rotonda El Arenal
  4. Vega San Martín (frente al F.A.S.T.A)
  5. Ex Hotel del Sol
  6. Plaza Güemes
  • Invierno (desde el 1° de julio hasta el 11 de octubre)
  1. Plaza Sarmiento
  2. Plaza Fito Teberna
  3. Vega San Martín (frente al F.A.S.T.A)
  4. Plaza Güemes
  5. Ex Hotel del Sol
  6. Rotonda El Arenal
  • Primavera ( desde el 12 de octubre al 20 de diciembre)
  1. Costanera sur
  2. Plaza Fito Teberna
  3. Plaza Sarmiento
  4. Vega San Martín (frente al F.A.S.T.A)
  5. Rotonda El Arenal
  6. Plaza Güemes
  7. Plaza del Sol (Cordones de Chapelco)

A su vez la manda incluye las características que deberán tener los puntos de ubicación, los esquemas de rotación semanal de los vehículos según la modalidad establecida por la autoridad de aplicación, como también la incorporación de nuevos espacios en el espacio del Parque Lineal Pocahullo, una vez concluida la obra.

Por otra parte detalla los permisos de habilitación por persona física o por persona jurídica y su vigencia; las características de la prestación del servicio; y los requisitos y normas de higiene y de seguridad de los vehículos gastronómicos.

Finalmente los diferentes espacios políticos celebraron la sanción de esta norma entendiendo que esta actividad brindará la posibilidad de generar nuevas oportunidades laborales locales, y convertirse en una herramienta laboral genuina para emprendedores de gastronomía y de chefs calificados que desean incursionar en esta nueva tendencia.

food trucks -imagen ilustrativa

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