Aumento del boleto del Transporte Urbano de Pasajeros.

El Concejo Deliberante aprobó por mayoría , con el voto negativo de la Concejal Otharán, el aumento del Boleto del Transporte Urbano de Pasajeros.

Se sustituye  el Artículo 1º de la Ordenanza 9724/13 por el siguiente:

“ARTÍCULO 1º.- APRUÉBANSE en el marco de los antecedentes obrantes en el Expediente 05001-252 /11, las tarifas del servicio público de transporte urbano de pasajeros, de acuerdo a los valores consignados en el siguiente cuadro:

  • Sección (X0):                                             $4,00
  • Sección (XA):                                             $5,50
  • Sección (XB):                                             $6,00
  • Estudiantil Primario:                                           $0,50
  • Estudiantil Secundario/Terciario/ Univ.        $1,25
  • Jubilados:                                                   $1,25
  • Boleto Combinado:                                             $7,20
  • Jardín de Infantes:                                   $0,00
  • Discapacitados:                                                    $0,00 “

 

 

 

 

Se encomienda  al Departamento Ejecutivo la inmediata publicación de la presente en el próximo Boletín Oficial Municipal.-

A través de la Dirección de Tránsito y Transporte, notifíquese la presente a la Empresa Expreso Colonia S.A. a efectos de que ésta coloque en todas las unidades móviles un cartel indicativo dando cuenta de las nuevas tarifas y la fecha de entrada en vigencia.-

 

El Pliego de Bases y Condiciones – Ordenanza 8931/10 – autoriza al concesionario del servicio de Trasporte Urbano de pasajeros a solicitar una actualización tarifaria en forma semestral a fin de mantener el equilibrio económico – financiero de la concesión.

 

Dicha actualización se debe fundamentar en la variación de los costos que concurren a la formación del precio cotizado, cuya estructura de cálculo se detalla en el Anexo IV (Cálculo de Costos e Inversión)  de la mencionada ordenanza.

 

Para iniciar la etapa de negociación a los efectos de revisar las tarifas, resulta necesario que el Coeficiente de Variación establecido por pliego en su Clausula 12 supere el 10% de incremento entre su valor actual y el correspondiente al mes del último ajuste de tarifa realizado.

 

Para el cálculo de dicho coeficiente se debe utilizar una serie de índices de precios mayorista (Combustibles y Lubricantes, Repuestos, Precios Nivel General, y subsidios) a determinar por el Departamento Ejecutivo.

 

En este marco se sancionó en Diciembre de 2013 la Ordenanza 9962/13 autorizando la modificación de algunas tarifas del transporte público, a saber: la Sección XO ($3,00) , la Sección XA ($4,50), la Sección XB ($5,00) y el Boleto Combinado ($6,00).

 

En mayo de 2014 ( fs. 379 a 432) el concesionario presenta la estructura de costos actualizada a Mayo de 2014 de la ecuación económica del Servicio de Transporte Público de Pasajeros.

Respecto de ello, el Concejo Deliberante solicitó una auditoría  a la Cra. Mª Aurelia González, con el objeto de efectuar la revisión y posterior análisis de la información contable-económico-financiera presentada por la Empresa Expreso Colonia S.A. cuyo informe y conclusiones se conforman en dos etapas: Análisis sobre el primer informe entregado por la Empresa el 29 de noviembre de 2013, obrante de fs. 433 a 450; y Análisis e Informe en base a información solicitada a la empresa el 05 de diciembre de 2013, obrante de fs 451 a 503.

Como conclusión  de la auditoría, en relación al valor del boleto del transporte público, la Cra. González expresa que, en base a los números finales vertidos en el informe, se estaría en condiciones de plantear un aumento escalonado del boleto, igual modalidad con la que actualmente se lleva adelante la mayoría de las paritarias. Expresa la contadora que ello es asi, teniendo en cuenta que el valor salarios representa en esta estructura de costos en particular, aproximadamente el 88% del Valor total del Costo Proyectado.

 

El 01 de julio del corriente, la Empresa Expreso Colonia, solicita, en función del pedido de incremento de tarifas, que fuera auditado por el Concejo Deliberante, se tenga en consideración, en caso de incrementarse la misma de manera desdoblada, de realizarlo de manera imperante con un 27.5 % promedio, respecto de las tarifas actuales  y el resto (17.5%  aproximadamente) con un plazo máximo con fecha 01 de Septiembre del corriente año, tal consta a fs. 505.

 

La Comisión de Obras Públicas- Tránsito y Transporte en función de los antecedentes ha resuelto proponer al cuerpo el proyecto de ordenanza adjunto para modificar las tarifas del transporte público de pasajeros, contemplando un incremento que varía desde el 20.% hasta el 33% para algunos ítems de los normados por Artículo 1º de la  Ordenanza 9724/13, a saber:

 

  • Sección (X0):                                             $4,00
  • Sección (XA):                                             $5,50
  • Sección (XB):                                             $6,00
  • Estudiantil Secundario/Terciario/ Univ.        $1,25
  • Jubilados:                                                   $1,25
  • Boleto Combinado:                                             $7,20

 

En tanto,  las siguientes tarifas no registrarían aumento, continuando con los valores fijados por Ordenanza 9724/13

 

  • Estudiantil Primario:                                           $0,50
  • Jardín de Infantes:                                   $0,00
  • Discapacitados:                                                     $0,00

 

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