Creación de la figura de Kioscos Escolares Saludables.
El Concejo Deliberante aprobó por unanimidad el proyecto , presentado por el Bloque del MPN, donde crea la figura de “Kioscos Escolares Saludables” cuyo funcionamiento se llevara a cabo dentro de los establecimientos educativos, entiéndase al mismo como puesto de distribución y ventas de alimentos envasados y/o pre-elaborados, el promueve buenos hábitos alimentarios a través de una oferta variada de alimentos saludables, para lo cual deberá ofrecer en forma progresiva un porcentaje cada vez mayor de alimentos de alta calidad nutricional, motivando cambios positivos en la alimentación y fomentando la participación de la comunidad escolar.
Estos establecimientos deberán:
a) Disponer una oferta variada de alimentos saludables a costos accesibles.
b) Permitir la comercialización de ciertos alimentos siempre y cuando cumplan con los criterios nutricionales y odontológicos.
c) Mantener adecuadamente las condiciones higiénicas-alimentarias de los productos que se ofrecen.
La presente ordenanza tiene como objetivo implementar políticas de educación, prevención y promoción de la salud en niños, niñas y adolescentes teniendo en cuenta las siguientes pautas:
a) Promover una alimentación saludable que favorezca la incorporación de nuevos hábitos, para mejorar la calidad de vida de la población beneficiaria;
b) Modificar malos hábitos adquiridos culturalmente, para comprender la importancia que presentan los alimentos y bebidas en los procesos de desarrollo de caries y demás alteraciones dentales;
c) Coordinar y planificar acciones que permitan la prevención y disminución de la malnutrición (entiéndase malnutrición como desnutrición, sobrepeso y obesidad);
d) Incluir acciones vinculadas a estilos de vida saludables, como talleres extracurriculares para alumnos, educadores y/o padres y encuentros con profesionales del área de salud;
e) Favorecer la formación de equipos de trabajo multidisciplinario para delinear las políticas de educación, promoción y prevención.
El “Kiosco Escolar Saludable” deberá contar con alimentos aptos para celiacos, los que tendrán que estar debidamente etiquetados, siguiendo las normas del Código Alimentario Argentino (CAA) establecido por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dependiente del Poder Ejecutivo Nacional.
Los servicios de buffet, máquinas expendedoras, kioscos y/u otro puesto de venta que se brinden dentro de los establecimientos educativos deberán cumplir con las recomendaciones de las Guías Alimentarias para la Población Argentina del Ministerio de Salud de la Nación.
La Autoridad de aplicación garantizara la colocación de: letreros de los 10 mensajes de las graficas correspondientes a las Guías Alimentarias y odontológicas, en los lugares de comercialización de alimentos y bebidas dentro de los Establecimientos Educativos en los que se destaque la importancia de consumir alimentos que cumplan con esta normativa.
Se encomienda al Ejecutivo, a través de las áreas pertinentes, confeccionar y elaborar las recomendaciones nutricionales y odontológicas que reglamentará el funcionamiento del kiosco, buffet, máquinas expendedoras y/u otro puesto de venta emplazado dentro de los establecimientos educativos.
El Ejecutivo que a través de la Secretaria de Cultura y Educación, elaborará y suministrará material de difusión e implementará acciones permanentes de concientización con el criterio pedagógico acorde a cada nivel educativo a partir de las pautas odontológicas y guías de alimentación saludable, con la participación de Licenciados en Nutrición y Odontólogo, las que deberán contener información relativa a:
1) Beneficios de una alimentación equilibrada, completa y saludable;
2) Beneficios e importancia del desayuno;
3) Guías alimentarias para la población argentina;
4) La alimentación saludable como estrategia fundamental en la prevención de Enfermedades Crónicas no Transmisibles (ECNT).
5) Beneficios de la importancia de la alimentación en la salud bucal
El titular o responsable del kiosco, buffet, máquina expendedora y/o cualquier otro puesto de venta ubicado dentro del establecimiento educativo que no cumpla con la incorporación que prevé la presente, será sancionado con:
a) Apercibimiento;
b) Multa de 350 a 500 puntos;
c) Clausura temporal y/o definitiva.
En la argentina conviven problemas nutricionales, unos por exceso y otros por déficit en el primer caso, se encuentran las enfermedades crónicas de alta frecuencia en nuestra población adulta (obesidad, diabetes, hipertensión, problemas cardiovasculares, etc.) donde los estilos de vida relacionados con la alimentación están estrechamente asociados. en el segundo caso, se incluyen enfermedades como la desnutrición crónica o la falta de ciertas sustancias nutritivas especificas.[1]
Ambos tipos de problemas pueden ser prevenidos con intervenciones adecuadas. Una de esas intervenciones es la educación alimentaria y nutricional, a través de la cual es posible promover estilos de vida saludables.
Las familias, las instituciones escolares, los medios masivos de comunicación y las redes sociales son muy importantes en la conformación de la cultura alimentaria; de hecho, a través de las intervenciones educativas se condicionan conductas que pueden modificar, incluso, hábitos que las niñas y los niños desarrollaron durante su primera infancia.
Generalmente los kioscos escolares no cuentan con parámetros referidos a la salud y nutrición de los consumidores, teniendo en cuenta que la mayor demanda está dada por alumnos entre 6 y 17 años, que se encuentran en plena etapa de crecimiento y desarrollo, por lo cual deberían tener una alimentación adecuada, armónica, con calidad y cantidad de nutrientes acorde a su buen desarrollo. [2]
La implementación de los kioscos saludables permite a las niñas, niños y adolescentes a adquirir alimentos saludables, mejorando su calidad de vida.