Aprobaron la Contratación de las Cooperativas de Trabajo Newen Mapu y Cull Rani para la Construcción de viviendas en el Lote 27.

El Concejo Deliberante aprobó por Unanimidad autorizar al Departamento Ejecutivo a contratar en forma directa a la Cooperativa de Trabajo NEWEN MAPU (Fuerza de la Tierra) LIMITADA, Matrícula 48.849, CUIT 30-71440511-6, con domicilio legal en la calle Los Pinos nº 11, Vamep 20 Viviendas de la localidad de San Martín de los Andes, representada por su presidente, Sr. Ernesto Curruhuinca DNI 18.302.937, para la construcción de veintiocho ( 28) Viviendas para Pueblos Originarios y Rurales a realizarse en el Lote 27 de la localidad de San Martín de los Andes, por un monto total de pesos ocho millones trescientos cuarenta y un mil doscientos ( $8.341.200,00), según contrato adjunto el cual, forma parte de la presente como Anexo I .

 

Se autoriza  al Departamento Ejecutivo a contratar en forma directa a la Cooperativa de Trabajo CULL RANI LIMITADA, Matrícula 49.074, CUIT 30-71442400-5, con domicilio legal en la calle Sarmiento nº 340, Vamep 20 de la localidad de San Martín de los Andes, representada por su presidente, Sr. Ceferino Exequiel Lavanderos, DNI 22.576.069, para la construcción de veintiocho ( 28) Viviendas para Pueblos Originarios y Rurales a realizarse en el Lote 27 de la localidad de San Martín de los Andes, por un monto total de pesos ocho millones trescientos cuarenta y un mil doscientos ( $8.341.200,00).

 

Se imputa el gasto que demande la presente a los fondos específicos correspondientes al “Programa Federal de Vivienda y Mejoramiento del Hábitat de Pueblos Originarios y Rurales“ aprobado por Ordenanza 9973/2013.-

 

Se establece  que, a la Unidad Ejecutora Local creada por Decreto Municipal nº 1803/13, integrada por los  agentes municipales Sres. Martín Rodriguez como Coordinador de la Unidad Ejecutora Municipal; Miguel Ogando como inspector técnico de proyectos; Gustavo Calabresi como representante contable;   Mónica González como representante social y otro representante que actuará como representante administrativo;   se le incorporará un concejal, el que será elegido en sesión, por mayoría absoluta del cuerpo.-

 

 

El Departamento Ejecutivo presentó el proyecto de ordenanza  para la contratación directa a dos cooperativas locales: Cull Rani Ltda. y Newen Mapu Ltda.,  por un monto de ocho millones trescientos cuarenta y un mil doscientos ($ 8.341.200-)  con destino a la construcción de 28 viviendas,  en cada caso.  El proyecto constructivo se enmarca en el “Programa Federal de Vivienda y Mejoramiento del Hábitat de Pueblos Originarios y Rurales”, aprobado por Ordenanza nro. 9973/2013 (fojas 39 a 48) .mediante el cual se efectúa  el financiamiento para la Obra: 56 Viviendas Barrio Intercultural Lote 27,  concretándose con la firma del Convenio Específico  del 25 de Octubre 2013, Protocolizado como ACU-SSDUV Nro. 1914/2013 

 

Modalidad de gestión y construcción del conglomerado habitacional

 

El propósito del estudio financiado por DINAPREI; Dirección Nacional de Preinversión de la Secretaría de Política Económica del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación (ex UMPRE) fue contar con un estudio integral que incluya el proyecto ejecutivo de diseño y urbanización del Barrio Intercultural, evaluando la factibilidad, social, técnica y económica de su implementación.

 

La Entidad Beneficiaria del Estudio fue la Municipalidad de San Martín de Los Andes, quien coordinó y supervisó las tareas del equipo técnico que intervino en el proceso.

 

Entre los objetivos planteados originalmente y  logrados se destaca:

 

§    La formulación del  Plan Maestro de la Urbanización con la incorporación de instancias y técnicas participativas dirigidas a la población beneficiaria y contemplando criterios de interculturalidad y biodiversidad.

 

§    La identificación  y desarrollo de distintas  alternativas constructivas de las viviendas en cuanto a tipos de materiales a utilizar, formas, dimensión de los espacios, aprovechamiento bioclimático, alternativas energéticas renovables y de  infraestructura de servicios.

 

§    La promoción y afianzamiento de valores sociales que aseguren una mejor convivencia como: la solidaridad, la cultura del trabajo y el encuentro intercultural entre los pueblos.

 

§    La incorporación de la dimensión ambiental a escala comunitaria

 

§    La incorporación de metodologías de trabajo comunitario, autoconstrucción y la promoción del cooperativismo

 

 

Como resultado de las acciones realizadas durante 10 años se gestionó en el marco del “Programa Federal de Vivienda y Mejoramiento del Hábitat de Pueblos Originarios y Rurales” el financiamiento para la Obra: 56 Viviendas Barrio Intercultural Lote 27,  concretándose con la firma del Convenio Específico  del 25 de Octubre 2013, Protocolizado como ACU-SSDUV Nro. 1914/2013 y aprobado por Ordenanza nro. 9973/2013 ,y suscripto con la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión y Servicios y la Agencia de Desarrollo Sustentable (A.D.U.S.) de la Provincia del Neuquén. A  través de dicha operatoria se financiará el costo de materiales, la mano de obra y gastos para la ejecución de las obras. Según el cronograma de desembolsos establecido en el Anexo II del Programa  se transfiere a la Municipalidad de San Martin de los Andes la suma de pesos cuatro millones ciento setenta y seis mil seiscientos ($ 4.176.600,00) en concepto de primer desembolso, correspondientes al 100% del cartel de obra, por la suma de pesos seis mil ($6.000,00) y el 25% para la construcción de viviendas por la suma de pesos cuatro millones ciento setenta mil seiscientos ($ 4.170.600,00).

 

Con el objeto de dar inicio a los trabajos de movimiento de suelos, la compactación y nivelación el terreno, la Municipalidad solicitó a la pcia. del Neuquén un aporte económico no reintegrable de un millón de pesos, ($1.000.000.-) para la implantación de las 56 viviendas del Barrio Intercultural, Lote 27. A tal fin el Instituto pcial de Juego dicto la Resolución 095/14 aprobando la suscripción de un convenio con nuestro municipio a efectos de otorgar el mismo. El Concejo Deliberante mediante Ordenanza 9998/14 autorizó el 13/03/2014 la suscripción del mismo.

           

En función de los antecedentes expuestos, la modalidad de construcción prevista y en consecuencia el sistema de gestión y contratación seleccionado, se priorizó el desarrollo de las tareas a través de cooperativas. A tal fin el Director del IVH remitió a la Asesoría Letrada el modelo de contrato de locación de obra a suscribir con las cooperativas de Trabajo “Cull Rani” y “Newen Mapu” . Obra a fs. 62 Dictamen nº 2935/14 mediante el cual  se propusieron modificaciones al mismo. De fojas 80 a 94 obra la documentación correspondiente a la inscripción de la Cooperativa de Trabajo NEWEN MAPU (LA FUERZA DE LA TIERRA) LIMITADA conformada por la comunidad Mapuce Curruhuinca. De fojas 95 a 107 obra la documentación correspondiente a la inscripción de la Cooperativa de Trabajo CULL RANI conformada por los Vecinos sin techo y por una vivienda digna

 

Toda vez que los fondos son transferidos en el marco de un Programa Federal, se constituye como fundamento para proceder a la contratación en forma directa, la aplicación del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, específicamente en el Artículo 25, inciso d) del Decreto 1023/2001, modificado por Decreto204/2004, en su punto 10.

 

REGIMEN DE CONTRATACIONES DE LA ADMINISTRACION NACIONAL

Decreto 1023/2001

Régimen General. Contrataciones Públicas Electrónicas. Contrataciones de Bienes y Servicios. Obras Públicas. Disposiciones Finales y Transitorias.

d) CONTRATACION DIRECTA. La selección por contratación directa se utilizará en los siguientes casos:

10. Los contratos que previo informe al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, se celebren con personas físicas o jurídicas que se hallaren inscriptas en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social, reciban o no financiamiento estatal. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, para las contrataciones que se autoricen a partir de esa fecha. (Apartado incorporado por art. 1° del Decreto N°204/2004 B.O. 23/2/2004. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, para las contrataciones que se autoricen a partir de esa fecha.)

 

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Precisamente durante todo el proceso de gestión de este proyecto de más de 10 años, sus principales actores, la comunidad Curruhuinca y Los Vecinos Sin techo, han fundamentado una filosofía transformadora en donde la autogestión, y la autoconstrucción de su hábitat es un eje central.

 

Las Cooperativas NEWEN MAPU y CULL RANI están conformadas por las propias instituciones que gestaron este proyecto y se encuentran inscriptas en el Régimen de Cooperativas de Trabajo Resolución 3026/06 de Efectores Sociales.

 

Estas instituciones y organizaciones han demostrado organización para la consecución de sus objetivos, y en todas las etapas el municipio, ha actuado sustentando y apoyando las diversas acciones realizadas.

 

 

El proyecto fue analizado por la Comisión de Hacienda realizándose reuniones con funcionarios del Departamento Ejecutivo con ingerencia en el tema, a efectos de imponerse de todos los detalles y antecedentes del caso.  En tal contexto al analizar el modelo del contrato de locación de obra, se concluyo que era  necesario efectuar una modificación a la cláusula séptima agregando al fin de la cláusula 7º la frase: “La CONTRATISTA deberá constituir una Garantía de fiel cumplimiento del Contrato del 5% (Cinco por ciento) sobre el monto del presente contrato el cual podrá constituirse por medio de Póliza de Caución o pagaré a la vista y será devuelto una vez efectuada la recepción Definitiva de la obra.-“

 

En el marco de los debates conversaciones surgió como necesaria la modificación de la  conformación de la Unidad Ejecutora, incluyendo en la misma, a un  concejal en representación del Concejo Deliberante. Según Decreto Municipal nº 1803/13 s la Unidad Ejecutora se integra por  los  agentes municipales: Sres. Martín Rodriguez como Coordinador de la Unidad Ejecutora Municipal; Miguel Ogando como inspector técnico de proyectos; Gustavo Calabresi como representante contable; Mónica González como representante social y otro representante que actuará como representante administrativo. La incorporación de un concejal, el que será elegido en sesión, por mayoría absoluta del cuerpo, tiene por objeto que la representación y participación del Concejo Deliberante sea efectiva, aportando, controlando, participando en un proceso de interculturalidad único en la Provincia del Neuquén.-

 

 

En la sesión , estuvieron presentes integrantes de las Cooperativas,  Vecinos sin Techo,  Ariel Epulef de la Comunidad Curruhuinca, el Director del Instituto de Vivienda, Martín Rodriguez y el Secretario de Gobierno , Guillermo Carnaghi, quiénes agradecieron a todos los Concejales por el trabajo realizado para la aprobación de esta ordenanza.

 

 

 

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