Se aprobó el Contrato suscripto con la Empresa Werefkin referido a la Operación de la Celda V.
El Concejo Deliberante ratificó por Unanimidad , el Decreto nº 2087/2013 de fecha 01 de noviembre de 2014, mediante el cual se aprueba, ad referéndum del Concejo Deliberante, el Contrato suscripto el 18/01/2013 con la Empresa Werefkin S. A. Constructora y Minera, el cual obra adjunto a la presente como Anexo I, referido la “Operación de la Celda V y la Construcción de Cobertura de Celda IV del Relleno Sanitario de Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos”; según antecedentes obrantes en el Expediente nº 05000-655/2006.-
Se aprueba el Acta Acuerdo “Nuevo Servicio de Operación y Mantenimiento del Relleno Sanitario” obrante en el Expediente 05000-163/13 (acum. Expediente 05000-655/06), suscripta el 30/04/2014 con la Empresa Werefkin SA Constructora y Minera, la que obra adjunta a la presente como Anexo II y mediante la cual se acuerda:
- El nuevo esquema de operación y mantenimiento del relleno sanitario, con vigencia a partir de mayo de 2014;
- el cambio de la titularidad del predio a HORMIGOMAX S.A. y la autorización a ésta para la suscripción del nuevo contrato;
- la determinación del precio mensual por la operación y relleno sanitario por cuatrocientos cuarenta y dos mil quinientos pesos ($442.500.-);
- la redeterminación del precio del servicio mensual, cronograma de pagos a cargo de la municipalidad y la metodología para futuras redeterminaciones de precio;
- el desistimiento de reclamos administrativos y/o judiciales por redeterminaciones de precios -reconocimientos;
- el tratamiento de las podas y la entrega, en comodato, de la chipeadora de ramas marca DEISA de propiedad municipal, a la empresa, para que esta efectúe el tratamiento de los residuos de podas dentro del predio del relleno sanitario en sector destinado al tratamiento de podas;
- la metodología para la certificación mensual de las tareas; y
- la continuidad del relleno Sanitario en una futura Celda VI.
El 12 de octubre de 2013, el Municipio suscribió con la empresa Werefkin S.A. Constructora y Minera la Minuta “Sobre el Servicio de Operación y Mantenimiento del Relleno Sanitario”, aprobada por Ordenanza 9628/12, mediante el cual se acuerda y consignan el nuevo precio por el servicio de operación y mantenimiento del relleno sanitario –al que se suma el costo por la seguridad policial para vigilancia del predio-, la continuidad del servicio de disposición final de los residuos sólidos urbanos, la construcción de la Celda V, su plazo de ejecución, mecanismos para la determinación de precios final y forma de pago y las obras de cobertura de la actual Celda IV.
Luego de analizada la construcción de la Celda V para la disposición final de los R.S.U. es necesario dar inmediato inicio a las tareas de operación y mantenimiento del relleno sanitario y vertedero, como así también ejecutar la obra de cobertura de la Celda IV.
El 01 de noviembre de 2013 se suscribió un nuevo contrato con la Empresa Werefkin S.A. para la operación de la Celda V y construcción de cobertura de la Celda IV y sus anexos: Anexo I, Acta de Directorio Empresa Werefkin S. A.; Anexo II – Copia Minuta 12/10/12; Anexo III – Especificaciones Técnicas Obra Construcción Cobertura Celda IV; Anexo IV Cómputos, planos y presupuestos y Anexo V – Notas Varias, las que forman parte del contrato referido.
La “Operación de la Celda V de Disposición de los RSU y la Cobertura de la Celda IV por parte de la empresa se rige por los antecedentes obrantes, especificaciones y condiciones establecidos en la Minuta mencionada ut supra obrante a fs. 163 a 165 del Expediente 05000- 163/13.
Durante el plazo que rige el contrato referido para la operación y mantenimiento de la Celda V, se deberá constituir una Unidad de Gestión conformada por representantes del Departamento Ejecutivo, del Concejo Deliberante, del Organismo de Control Municipal y de la Empresa Werefkin Constructora y Minera S. A., cuyo fin será definir las condiciones contractuales definitivas para la operación y mantenimiento de la Celda V.
El Departamento Ejecutivo Municipal dicta el 01/11/2013 el Decreto nº 2087/13, ad referéndum del Concejo Deliberante en razón de la celeridad con que debían sustanciarse los actos administrativos a fin de iniciar la operación de la Celda V y la Cobertura de la Celda IV. ( fs. 152)
El 30/04/2013 mediante Acta Acuerdo “Nuevo Servicio de Operación y Mantenimiento del Relleno Sanitario” suscripta con la Empresa Werefkin SA Constructora y Minera, (según actuaciones obrantes de fs. 154 a 194 del Expediente 05000-163/13, acumulado al Expediente 05000-655/06), se acordó lo siguiente:
- nuevo esquema de operación y mantenimiento del relleno sanitario, con vigencia a partir de mayo de 2014;
- el cambio de la titularidad del predio a HORMIGOMAX S.A. y la autorización a ésta para la suscripción del nuevo contrato;
- la determinación del precio mensual por la operación y relleno sanitario por cuatrocientos cuarenta y dos mil quinientos pesos ($442.500.-);
- la redeterminación del precio del servicio mensual, cronograma de pagos a cargo de la municipalidad y la metodología para futuras redeterminaciones de precio;
- el desistimiento de reclamos administrativos y/o judiciales por redeterminaciones de precios -reconocimientos;
- el tratamiento de las podas y la entrega, en comodato, de la chipeadora de ramas marca DEISA de propiedad municipal, a la empresa, para que esta efectúe el tratamiento de los residuos de podas dentro del predio del relleno sanitario en sector destinado al tratamiento de podas;
- la metodología para la certificación mensual de las tareas; y la
- continuidad del relleno Sanitario en una futura Celda VI.