Proyecto de comunicación del MPN.
El Concejo Deliberante aprobó por unanimidad , el proyecto presentado por el Bloque del MPN, donde comunican la necesidad de que el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría de Planeamiento y Desarrollo Sustentable, informe sobre el alcance y viabilidad del Convenio suscripto entre la Provincia del Neuquén y el Consejo Federal de Inversiones, con el fin de la realización del estudio denominado Proyecto Ejecutivo Centro de Convenciones Costanera.
La necesidad de que se expliquen los fundamentos legales que dieron sustento a la designación y propuesta de la Consultora NAO S.A. para llevar adelante el estudio del Proyecto Ejecutivo “Centro de Convenciones Costanera”.-
El proyecto de Comunicación que se pone a consideración del cuerpo tiene por objeto requerir la información necesaria que da sustento a la designación discrecional de la Consultora NAO S.A. en el marco del Convenio firmado entre la Provincia del Neuquén y el Consejo Federal de Inversiones.
Entre los considerandos del Convenio, se establece claramente que “… El Ministerio de Desarrollo Territorial a cargo del Profesor Elso Leandro Bertoya, atendiendo a la solicitud de la Municipalidad de San Martín de los Andes, a cargo del Intendente Sr. Juan Carlos Fernández, estima de interés provincial la realización del estudio denominado: Proyecto Ejecutivo Centro de Convenciones Costanera…Asimismo, “…Que la Municipalidad propone a la Consultora NAO S.A. para llevar adelante el estudio de acuerdo al Plan de Trabajo, Presupuesto y Cronograma de tareas acordado.”
Por último, la Municipalidad se comprometió a garantizar la disponibilidad de información necesaria y la realización de tareas o actividades que le sean requeridas por el equipo técnico designado por la Consultora NAO S.A.
Como puede apreciarse, la Municipalidad de San Martín de los Andes, decidió de manera unilateral y sin consulta previa a las distintas instituciones y/o colegios entendidos en la materia para participar en un proyecto de tamaña envergadura para nuestra comunidad.
El proyecto de Comunicación propuesto no cuestiona el alcance y beneficio del proyecto en sí, sino la discrecionalidad y el no haber dado participación a otros actores que pudieran haber estado interesados en efectuar el mencionado estudio y aportar al mismo.