Proyecto de Comunicación del Bloque Movimiento Surco.
El Concejo Deliberante aprobó el proyecto, presentado por el Bloque Surco, donde Comunican al Intendente municipal, su satisfacción, por la modificación del Reglamento de “Libreta Sanitaria”, dispuesta por Decreto D.E.M. Nº 2071/14 mediante el que se elimina la Categoría C: Alternadora.
El Concejo Deliberante mediante Ordenanza 9634/12 del 20/12/2012, prohibió el otorgamiento de las licencias comerciales en el rubro “cabaret”, “night club” y “whisquerías” y solicitó al Departamento Ejecutivo la eliminación de la categoría “C” de la Libreta Sanitaria, establecida por Resolución 1799/03 reglamentaria de la Ordenanza 4353/01.
Esta ordenanza se dictó a instancias del proyecto impulsado por el entonces Bloque Libres del Sur, el que entendía que la normativa municipal permitía que bajo la figura de “alternadora”, encuadrada en la Libreta Sanitaria como categoría C, trabajaran en “cabarets”, “night clubs” y “whisquerías” – reglamentados por Ordenanza 7/68 – jóvenes que eran utilizadas como objeto de espectáculos públicos, facilitando así la comisión de delitos, ya que eran coaccionadas al ejercicio de la prostitución, agravado ello por los delitos de proxenetismo, rufianería y trata de personas, asi como la violación de derechos de niños, niñas y adolescentes.
El Intendente Municipal, en cumplimiento de lo normado en el Artículo 2º de la Ordenanza 9634/12 dictó, el pasado 17 de octubre de 2014, el Decreto 2071/14 mediante el cual eliminó de la Reglamentación de la Ordenanza 4353/01 “Libretas Sanitarias” la categoría C que se otorgaba a quienes desarrollen la actividad de “alternadoras”.