Convocatoria a Audiencia Pública 4/15.
El Concejo Deliberante aprobó la convocatoria a Audiencia Pública nº 04/15 a celebrarse el 17 de marzo de 2015, a las 17 hs en el Salón Intendente Luz María Sapag del Concejo Deliberante, con el fin de tratar el proyecto de Modificación de la Orza 9269/11, índices urbanísticos Lote 3 Fracción B, NC 15-21-091-4092-0000 de Chacra 28.-
Las autoridades para la Audiencia Pública se establecieron de la siguiente forma:
Presidente: Presidente de la Comisión de Planeamiento. Concejal Natalia Vita.
Secretario: Secretario de la Comisión de Planeamiento. Concejal Natalia Bruno.
Suplente: Presidente del Concejo Deliberante. Concejal Julio Obeid.
La propuesta a considerar y los respectivos antecedentes estarán a disposición para su consulta en la Mesa de Entradas del Concejo Deliberante, a partir del 03 de marzo de 2015, de lunes a viernes, en el horario de 07 a 14 hs.
Las acreditaciones podrán realizarse hasta las 12:00 hs. del 17 de marzo de 2015 ante la Mesa de Entradas del Concejo Deliberante.-
En fecha 24 de noviembre de 2011, el Concejo Deliberante sanciona la Ordenanza 9269/11 para la incorporación del inciso 1.5 en el artículo 159 a la Ordenanza 3012/98 . En la misma, se establecen indicadores urbanísticos para la Fracción Sud Este de la Chacra 28, lotes NC 15-21-091-4500 y 15-21-091-2600.
El Subsecretario de Planificación Urbana, eleva informe en el que manifiesta la necesidad de modificar los indicadores urbanísticos para el Sector D, en su punto 1.5.4.2 Indicadores para superficies con pendientes medias de hasta 15% de la Ordenanza 9269/11, en función del proyecto presentado en el Expte. 05000-658/14, para generar un loteo en el Lote 3 de la Fracción B, NC 15-21-091-4092-0000 de la Chacra 28, en el marco del Programa PRO.CRE.AR.
La Gerencia de Lote con Servicio del Banco Hipotecario S.A., solicita le sea remitida la norma modificatoria del uso del suelo en el Lote identificado como Parcela 3 de la Fracción B de la Chacra 28, teniendo en cuenta que las dimensiones de los lotes deben ser de 250 m² por unidad.
El responsable de la Gerencia Servicios al Beneficiario del PRO.CRE.AR del Banco Hipotecario Sr. Diego Cavanagh, recuerda en la misma nota la necesidad de contar prontamente con la documentación a los fines de concretar la adquisición del predio.
Por tratarse de la aprobación y/o modificación de normas ambientales y urbanísticas, le es de aplicación lo establecido en la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 59, Inciso 4 que establece la obligatoriedad de realización de Audiencia Pública.