LAS REDES DE TELECOMUNICACIONES SERÁN OBLIGATORIAS EN NUEVOS LOTEOS

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LAS REDES DE TELECOMUNICACIONES SERÁN OBLIGATORIAS EN NUEVOS LOTEOS

El Concejo Deliberante de San Martín de los Andes aprobó por unanimidad la modificación de la ordenanza 44/1974 “Fraccionamiento de la tierra y urbanización”  estableciendo obligatoriedad de tendido de redes de comunicación en loteos.

Si bien la ordenanza aprobada contiene modificación y sustitución de artículos de una norma del año 1974, estas establecen que para nuevos fraccionamiento de tierras para urbanización, además de presentar proyectos de red de agua, alumbrado público y domiciliario, pavimento y mejoramiento de calzada, se deberá incluir Proyecto de la red de telecomunicaciones de acuerdo a las especificaciones técnicas del Operador de telecomunicaciones de la localidad, habilitado por licencia de la Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones – AFTIC.

Otros cambios en la ordenanza madre – 44/1974 – fijan que todas las obras de infraestructura de servicios, que requieran tendido de caños o cables subterráneos, deben ser realizadas, en lo posible, en forma simultánea y utilizando una única excavación o canalización.

Asimismo el loteador deberá proveer la obra civil de la red de telecomunicaciones subterránea, consistente en ejecución de zanjeos, tendido de ductos, colocación de cámaras de distribución y tapado, de acuerdo a las especificaciones técnicas y pliego de condiciones del Operador licenciatario de las Telecomunicaciones de la localidad. La obra deberá ejecutarse bajo la supervisión técnica del Operador Licenciatario. La Red será completada por éste último, realizando el tendido del cableado y las respectivas conexiones domiciliarias para brindar los Servicios Básicos Telefónicos (SBT) y Acceso a Internet, cuando le sea solicitado. 

Y una vez finalizadas las obras de infraestructura, el loteador presentará certificados de habilitación de las redes, extendidos por los entes prestatarios de los servicios de cloacas, agua potable, energía eléctrica, gas natural y del operador licenciatario de las telecomunicaciones  local,  a fines de gestionar ante la Municipalidad, los certificados finales de obras de sistematización de calles y arbolado.

Esta norma aprobada fue solicitada oportunamente por la Cooperativa Telefónica de San Martín de los Andes COTESMA, en virtud de la necesidad de que se incorpore la construcción de la red de telecomunicaciones como un requisito indispensable para la aprobación de nuevos proyectos urbanísticos públicos o privados, puesto que la prestación de estos servicios se ha vuelto indispensable para la comunidad.

La solicitud de COTESMA, proponía intervención en espacios públicos, por lo que se cumplió con la instancia de Audiencia Pública, donde quedó expuesta la misma la necesidad y procedencia de las modificaciones propuestas, aceptando y dando su aprobación el Concejo Deliberante con las mencionadas modificaciones a la norma 44/1974. 

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