EXAMEN PARA LA DETECCIÓN PRECOZ DE CÁNCER DE MAMAS PARA LAS AGENTES MUNICIPALES
EXAMEN PARA LA DETECCIÓN PRECOZ DE CÁNCER DE MAMAS PARA LAS AGENTES MUNICIPALES
El Concejo Deliberante de San Martín de los Andes sancionó la ordenanza sobre la obligatoriedad de examen para la detección precoz del cáncer de mama, para mujeres mayores a 30 años, en el ámbito municipal y legislativo.
Las mujeres mayores a 30 años tendrán un día al año, con goce de haberes, para la realización del examen médico para la detección precoz y prevención del cáncer de mama. Las agentes beneficiarias deberán acreditar, ante el empleador, la realización de la “consulta preventiva de mama”, mediante la presentación del certificado expedido por el profesional o centro de salud interviniente.
Si bien el texto de ésta ordenanza refiere a la modificación o incorporación de artículos en las ordenanzas que aprobaron el Convenios Colectivos de Trabajo y el Convenio Legislativo del Trabajo, el objetivo de la misma – según los fundamentos de la iniciativa presentada por la Dra. Silvina Casey – es el diagnóstico precoz del cáncer de mama, considerado como la primera causa de muerte por tumores en edad laboral.
La propuesta – ya aprobada – consiste en instituir la obligatoriedad, para las mujeres de más de 30 años que trabajan en el Municipio, de efectuar anualmente una “consulta preventiva de mama”, a fin de que las autoridades sanitarias establezcan, en oportunidad de la consulta, por certificado, el bajo riesgo o alto riesgo de desarrollar cáncer de mama, para así continuar con el contacto médico que ese acto amerita.
La Dra. Casey explica que el cáncer de mama una vez “palpable” produce, no sólo impacto económico, por el gasto que impone al erario público en concepto de traslados y ausentismo, o por la internación de la complejidad de los estudios y tratamientos, sino también por los efectos psicológicos y emocionales del paciente y toda problemática que afecta el grupo familiar.
En ese sentido, con la ordenanza se pretende concientizar a la población de que sólo existe la consulta preventiva para poder bajar la mortalidad a través de la detección temprana, para una elemental calidad de vida. Por lo que se estableció la obligatoriedad anual, con la presentación de un certificado de atención médica.
El examen de mama, sería accesible, ya que las empleadas municipales cuentan con Obra Social (ISSN), o bien podría ser realizado en el hospital local.
El cáncer de mama es el tumor maligno que se origina en el tejido de la glándula mamaria. Este se puede detectar con pruebas y exámenes de detección, en las personas que no tienen ningún síntoma. Mientras más temprano se detecte el cáncer de mama, mejores son las probabilidades de que el tratamiento tenga éxito. Con su diagnostico precoz, las posibilidades de curación del cáncer de mama que se detecta en su etapa inicial son prácticamente del 90%.
Esta la manda legal, además, invita a los Municipios de la Provincia de Neuquén, a los Organismos Estatales y Privados, a las Cámaras y Sindicatos Gremiales a adherirse a la presente Ordenanza, a fin de crear conciencia sobre la prevención del cáncer de mamas, en el marco de la campaña “Octubre: Mes de sensibilización sobre el cáncer de mama”.
Cuarto Intermedio
La Dra. Silvina Casey, autora de la iniciativa y presente en el recinto, tomó la palabra para explicar que “esta nueva regla a cumplir, además ayuda a que hay que tomar conciencia de esto. Hoy el cáncer de mama hay que buscarlo, y hay que bajar la mortalidad que produce; hay casos nuevos en mujeres cada vez más jóvenes y me pareció que la edad de 30 años es un buen momento para que se comience, sobre todo a tomar conciencia de la detección precoz del cáncer de mamá.”
Una de las dificultades que tuvo el proyecto durante el debate legislativo fue la “obligatoriedad” de la realización del examen, a este respecto la Doctora Casey explicó “si hace 25 años el estado hubiera obligado a la gente a que los autos tuvieran cinturón de seguridad yo hoy no estaría acá”, indicó señalando la silla de ruedas que la ayuda con su movilidad; a su turno el Concejal Rodríguez agregó a este respecto que “la vida es un interés superior y no hay libertad para matarse, es obligación usar el cinturón de seguridad. Y este Concejo Deliberante puede legislar en que una vez por año las trabajadoras deban hacer este examen, pero no lo imponemos, lo construyen ellas en los acuerdos paritarios e invitamos al resto, al sector privado y otros sectores públicos.”
Seguidamente el Concejal Schroh sugirió la necesidad de que a la par de la norma acompañaran paralelamente campañas de concientización permanente e indicó que habría que añadirle a la norma para los hombres el examen de próstata.