Sesión ordinaria nº 10
La décima sesión ordinaria del año se realizó con la particularidad de la ausencia del Presidente del Concejo Deliberante, Concejal Sergio Winkelman y de la concejal Monín Aquín.
En la misma se aprobaron entre otros proyectos de ordenanza, el plan de regularización de deudas municipales, la modificación y restablecimiento de la sanción para el caso de la negativa de someterse al control de alcoholemia, el pedido de informe sobre la deuda que mantiene el ejecutivo con el Instituto de Seguridad Social del Neuquén (ISSN) en concepto de aportes y contribuciones, las nuevas velocidades máximas que regirán sobre la Ruta Nacional N° 40 dentro del Ejido Municipal, la adhesión a la Ley Provincial Nº 3294, mediante la cual se creó el “Programa Neuquén Concientiza con Perspectiva de Discapacidad”, la ordenanza que regula los términos de la intervención municipal en la aprobación de loteos fuera de jurisdicción municipal en el marco del Artículo 13 Ley Provincial 2818 y el nombramiento de Embajador Deportivo al Sr Manuel Sambueza y embajadores culturales a los músicos Fernando Luis Formigo, Agustín Emanuel Lagos y Federico Piterbarg.
En primer término de estableció el plan de regularización de deudas municipales.
Dicho proyecto es presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal – Secretaría de Economía y Hacienda, con el fin de favorecer a los contribuyentes que posean deudas municipales de cualquier naturaleza, incluso aquellas que hayan sido objeto de intimación o ejecución judicial, con vigencia desde el 1 de junio del 2023 al 31 de julio de 2023
Las razones y fundamentos que esgrime el Departamento Ejecutivo para el envío de un nuevo plan, vuelven a ser los mismos de los años 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022 toda vez que el contexto macroeconómico a pesar de la paulatina recuperación, continúa siendo complejo e incierto para todos.
Esto se ve aumentado en este contexto post-pandémico, en el que la economía todavía manifiesta consecuencias, a nivel nacional, provincial y municipal, donde muchos contribuyentes, muy a su pesar, dejaron de pagar los tributos municipales ante la incertidumbre laboral y económica.
El Plan de Regularización de Deudas, propone este año el siguiente formato, permitiendo a los contribuyentes cancelar sus deudas según sus montos y formas de pago a saber: cancelando su deuda en un (1) solo pago, con la eximición del 100% de la totalidad de los intereses punitorios y si el monto es menor a $1.000.000 (pesos un millón); con la eximición del 75% de los intereses punitorios si el monto se encuentra entre los $1.000.001 (pesos un millón uno) y $2.000.000 (pesos dos millones); y la eximición del 50% de los intereses si el monto supera los $2.000.001 (pesos dos millones uno). Asimismo, si se cancela la deuda en hasta 6 cuotas, se tendrá la eximición del 75% de la totalidad de los intereses punitorios y si el monto es menor a $1.000.000 (pesos un millón); con la eximición del 50% de los intereses punitorios si el monto se encuentra entre los $1.000.001 (pesos un millón uno) y $2.000.000 (pesos dos millones); y la eximición del 15% de los intereses si el monto supera los $2.000.001 (pesos dos millones uno).
Por último, el Departamento Ejecutivo esgrime que ha sido norte del gobierno la búsqueda permanente de normas que permitan a los contribuyentes evitar la instancia de judicialización de sus deudas, y como consecuencia de ello, los altos costos de un juicio ejecutivo.
Fue nombrado Embajador Deportivo el Sr. Manuel SAMBUEZA, por su participación en el VII Campeonato Sudamericano de Atletismo Master de Ruta (Argentina 2023) que se desarrollará en la ciudad de Santa Rosa, provincia de La Pampa, del 26 al 28 de mayo de 2023.
Cabe mencionar que Sr. Sambueza, conocido cariñosamente como “Lito” desde pequeño se destacó por su pasión por el deporte y su esfuerzo de superación a sí mismo. A los 17 años ganó su primer campeonato de atletismo, en la cuidad de Cutral Co.
En el año 1990, conquistó el primer campeonato Argentino de Maratón en la cuidad de Centenario y corrió el primer Tetratlón en nuestra ciudad. Ya en el año 1998, ganó el Máster del XII Tetratlón Chapelco.
En el año 2000, participó del Evento “Desafío de los Volcanes”; cuya expedición se encontraba conformada por equipos de tres personas que recorrían una distancia de 300 kilómetros entre Argentina y Chile. En este sentido, Lito junto a Rosa Gallardo y Rubén Blanco, representaban el equipo oficial de San Martín de los Andes; ocupando así el cuadragésimo lugar, entre los 82 equipos internacionales que asistieron.
A lo largo de su carrera deportiva, Lito ha participado de doce ediciones del Tetra Chapelco en nuestra ciudad; ocupando el primer puesto en 9 de ellos, correspondiente a la categoría de Veteranos.
Por otro lado, en la provincia de Mendoza obtuvo el primer puesto de varones de la Categoría General en la Maratón (de 42 km), que organizó la Universidad Tecnológica Nacional en el año 2002. Asimismo, dicho año, participó en la XVIII Edición- Maratón Internacional “A Pampa Traviesa” de la Primera Categoría de Veteranos, en la ciudad de Santa Rosa.
Respecto a Campeonatos Nacionales; Lito ganó, en 2009, la Maratón Máster en la localidad de Chos Malal y el Campeonato “Carrera de Aventura” en Esquel, provincia de Chubut. En el año 2016, conquistó el XXIV Campeonato Nacional de 21 kilómetros en la localidad de Plottier.
Por otro lado, a nivel local, se le otorgó una mención especial en los Premios Trompul 2016, por su excelente desempeño en la disciplina Tetratlón. Y a sus 80 años de edad, ganó el primer puesto del Triatlón en nuestra localidad, en la Categoría Mayores de 65 años.
Asimismo, desde este Cuerpo Legislativo se le otorgó la distinción de Ciudadano Ilustre, mediante Ordenanza N° 13.328/21 y desde el Ministerio de las Culturas de Neuquén, se le otorgó un reconocimiento en el contexto del Día Internacional de las Personas de Edad y del Día Provincial de los Adultos Mayores, con el propósito de generar conciencia en la población sobre la importancia de nuestros adultos mayores en la sociedad y la importancia del respeto de sus derechos.
Además declararon Embajadores Culturales a los músicos Fernando Luis Formigo, Agustín Emanuel Lagos y Federico Piterbarg, que representarán a nuestra localidad en el “IV Encuentro Internacional de Quenistas Palma” organizado por la Universidad Ricardo Palma, de la Ciudad de Lima (Perú), entre los días 21 al 23 de junio del 2023.
El Sr. Fernando Luis Formigo, estudió el Profesorado Superior de Flauta Traversa, el Profesorado de Educación Musical y el Magisterio de Flauta Dulce, en la Escuela Superior de Música de Neuquén. También se ha especializado en Educación y Derechos Humanos, en el Ministerio de Educación y Deportes de la Nación.
Es un reconocido artista y trabajador de la educación en el ámbito de la música de nuestra localidad. Los principales instrumentos que utiliza son la flauta traversa, flauta dulce, sikus, quena, siendo estos los instrumentos principales y teniendo un amplio repertorio de otros instrumentos.
Actualmente integra los grupos Antu y Mandinga. El primero como compositor e intérprete de instrumentos de viento, donde han grabado tres CD en los que interpreta temas propios y ajenos, basándose en los valores que rigen los patrones de la música argentina y aportando la propia formación cultural heredada, el primer CD “Antu Música de raíz Andina”, el segundo CD “Alturas” y su último y tercer CD “Paisajes”, dejando su sello de grupo fusión de raíz andina.
El segundo grupo, dedicado íntegramente a recrear la obra de Astor Piazzolla en la quena americana, que por sus exclusivas características como su timbre color madera y junto a diferentes formaciones se logra un clima totalmente único y novedoso para esta exquisita música del gran compositor argentino.
Actualmente integra el equipo directivo de la Escuela Superior de Música de San Martín de los Andes en el cargo de Vicerrector desde el año 2021.
El Sr. Agustin Emanuel Lagos, se ha formado en nuestra localidad como músico e intérprete. Ha participado en la Escuela Orquesta de los Andes como alumno de contrabajo entre los años 2007 y 2020, bajo la dirección de Mariela Lobato. Así mismo, entre los años 2010 y 2011 participó como alumno e intérprete en la fundación de Sistemas de Orquestas Infantiles y Juveniles de Argentina, haciendo participaciones en el Luna Park y en la Universidad Católica Argentina.
En el año 2012, participó en la Orquesta y Coro nacional juvenil del Bicentenario, en conmemoración del día del respeto a la diversidad cultural en América, como alumno y músico intérprete, acompañando al Sr. Victor Heredia.
Entre los años 2014 y 2019 participó en giras con la Orquesta Sinfónica Nacional del Bicentenario como músico e intérprete, asimismo participó como asistente ayudante del Profesor de Contrabajo, dando clases en la Orquesta Escuela de los Andes.
El Sr. Federico Piterbarg, guitarrista, saxofonista y docente, es egresado de la Escuela de Música Popular de Avellaneda, con título en instrumentista en Música Popular, especialidad en Guitarra Jazz y Profesor de Educación Músical, carrera que realizó en la misma institución.
Ha formado parte de la primera banda de jazz de San Martín de los Andes “La Bandurria Jazz Band”, tocando ambos instrumentos y haciendo los arreglos. Acompañó a diferentes cantantes de distintos géneros musicales, Rubens Bruzzone (tango), Andrea Bigliani (tango) Vanina Boquicho (folklore) y Jorgelina Machi (jazz).
Entre los años 2005 y 2012 fue Director y arreglador del Ensamble de la Escuela de Música de San Martín de los Andes, grupo que está compuesto por más de 20 estudiantes de Música con el cual realizan un repertorio que va desde géneros como el jazz hasta la cumbia colombiana, grupo con el cual han realizado un último trabajo de creación y composición de letras y músicas propias a partir de la realización de talleres de expresión teatral y actuación escénica.
Es Saxofonista del Ensamble de Saxos Zig Sax., compuesto por estudiantes y docentes de la Escuela Superior de Música de San Martín de los Andes.
Durante el año 2012 fue productor artístico de distintos eventos, por ejemplo la presentación en San Martín de los Andes, de la murga Agarrate Catalina en el año 2012, del Trabún 2012, encuentro de los pueblos.
Por otra parte se modificó el artículo 137 de la Ordenanza N° 94/84 “Código de Faltas”.
El Juez Administrativo Municipal de Faltas remite a este Cuerpo un proyecto para la modificación y restablecimiento de la sanción para el caso de la negativa de someterse al control de alcoholemia.
El artículo en cuestión contenía una pena de QUINIENTOS (500) a CINCO MIL (5000) y gozaba del beneficio del pago voluntario, el que implicaba una reducción del CINCUENTA POR CIENTO (50%). Esto, en la práctica representaba para el infractor una multa inferior a la que hubiera correspondido de haberse sometido al control.
A partir de esto se sanciona la ordenanza 13.018/2020 que, en su artículo 2, modifica el artículo estableciendo una multa de DIEZ MIL (10.000) puntos, sin la posibilidad de recurrir al pago voluntario y a la correspondiente reducción del valor. Sin embargo en esta modificación no se estableció una escala, como sucede en el resto de los artículos del Código Municipal de Faltas.
Posteriormente, con la sanción de la ordenanza 13090/2020, régimen de alcohol cero, vuelve a modificarse la redacción del artículo 137 dándosele una que carece de sanción.
Es así como el texto de dicho artículo expresa: “ARTÍCULO 137.- Todo conductor debe sujetarse a las pruebas expresamente autorizadas, destinadas a determinar el estado de intoxicación alcohólica para conducir. La negativa a realizar la prueba constituye una falta, además de presunta infracción al Artículo 136 de este Código”
Es importante mencionar que tanto la Constitución Nacional, la Constitución Provincial y el Código de Procedimientos de Faltas de San Martín de los Andes, ordenanza 12.306/2019, consagran la garantía como principio de legalidad. “ARTÍCULO 2°.- PRINCIPIO DE LEGALIDAD. Ningún proceso contravencional podrá ser iniciado sin imputación de acciones u omisiones tipificadas en normas dictadas con anterioridad al hecho, que les califique de falta o infracción o contravención municipal, fijando la respectiva pena”
Es por esta cuestión que el Juzgado Administrativo de Faltas no puede imponer legalmente una sanción, al no fijar el articulado una sanción correspondiente a la falta referida en el artículo 136.
Por lo remarcado en esta situación se propone retornar al texto dado al artículo 137 por la ordenanza 13.018/20, con la modificación de establecerle una escala adecuada de DOS MIL (2000) puntos a VEINTE MIL (20.000) puntos, de modo tal que se pueda, en los casos de reincidencia y/o habitualidad, arribar a una multa alta.
Se aprobó una comunicación que tiene por objeto solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que remita al Cuerpo Legislativo un informe sobre la deuda que mantiene con el Instituto de Seguridad Social del Neuquén (ISSN) en concepto de aportes y contribuciones.
El proyecto es presentado por la Concejal Mercedes Tulián, del Bloque Juntos por el Cambio y se fundamenta en la necesidad de conocer con certeza la información que ha tomado estado público por diferentes medios de comunicación, en los últimos días.
En este sentido, se destaca que una de las obligaciones que posee el Municipio, en su rol de empleador, es el pago de las contribuciones y aportes de los empleados municipales al Instituto de Seguridad Social del Neuquén.
Por esta razón, resulta llamativo el incumplimiento del Departamento Ejecutivo Municipal del pago de dichos aportes y contribuciones, cuya cuantía (según la información publicada) asciende a la suma de $177.686.798. Dichas contribuciones componen no sólo un derecho de todos los trabajadores municipales, sino que son esenciales para la viabilidad del ISSN constituyendo un patrimonio inalienable de todos los neuquinos.
En su artículo 2º se le solicita que el informe deberá contener:
- las causas de la cesación de pagos,
- los períodos que se adeudan, y;
- si existe alguna previsión para la cancelación de la deuda.
La comisión de Transito y Transporte presentó el proyecto de ordenanza que establece, sobre la Ruta Nacional N° 40, dentro del Ejido Municipal, los siguientes límites de velocidad máxima:
- 60 (sesenta) km/h en el tramo comprendido entre el ingreso a El Desafío –km. 2228- y el ingreso al B° Valle Alto –km. 2225;
- 40 (cuarenta) km/h en el tramo comprendido entre el km 2225 y la Av. Koessler,
- 20 (veinte) km/h en los días y horarios de ingreso y egreso escolar en proximidad de Establecimientos Educativos. Fuera de los horarios y días indicados la velocidad máxima será la establecida para ese sector.
Otro de los proyectos aprobados fue la adhesión a la Ley Provincial Nº 3294, mediante la cual se creó el “Programa Neuquén Concientiza con Perspectiva de Discapacidad”.
Además se estableció la formación y capacitación obligatoria, continua, permanente y actualizada con perspectiva de discapacidad y enfoque en derechos humanos de las personas que se desempeñan en la función pública en todos los niveles y jerarquías de los Departamentos Ejecutivo, Legislativo y del Juzgado Administrativo Municipal de Faltas.
Por último y con una votación divida, 5 votos a favor y 4 en contra, se sancionó la ordenanza que regula los términos de la intervención municipal en la aprobación de loteos fuera de jurisdicción municipal en el marco del Artículo 13 Ley Provincial 2818.
El proyecto presentado por el bloque Frente de Todos considera que en virtud de que el desarrollo territorial de nuestra ciudad se encuentra en un proceso acelerado de crecimiento y de que es un polo de atracción de población y, por consiguiente, de desarrollos urbanísticos que desbordan los márgenes del ejido municipal; resulta fundamental establecer los criterios por los cuales nuestro Municipio dará su consentimiento a la aprobación de los Proyectos de Desarrollo Urbanístico en Jurisdicción Provincial, que afecten a nuestro Municipio, y que tienen un impacto sobre el desarrollo de nuestra ciudad.
Es de conocimiento público situaciones de “herencia” de procesos de urbanización que nacieron en jurisdicción provincial y que a la postre debieron ser absorbidos por la administración municipal con los perjuicios que ocasionaron al conjunto de los vecinos, toda vez que los requerimientos provinciales comprenden estándares que se encuentran por debajo de aquellos que históricamente ha defendido nuestra ciudad. Al concretarse el proceso de incorporación y constatarse déficits en la provisión de servicios éstos recaen sobre la gestión política municipal y el erario público local.
Asimismo, resulta evidente, y así lo recoge nuestro Código Tributario, que las prestaciones de nuestro municipio no comprenden exclusivamente aquellas que son directas sobre las propiedades de nuestros vecinos sino también sobre el mantenimiento general de la ciudad, sus espacios públicos de uso privado y público municipal. Ese uso no se da exclusivamente por los vecinos que a su vez tributan en la ciudad sino también por aquellas personas que aún residiendo formalmente fuera del ejido municipal transitan y hacen uso diario de los bienes comunes de nuestra ciudad.
En ese sentido, con mayor razón se presenta la necesidad de que aquellos que desempeñan una actividad económica vinculada al desarrollo inmobiliario fuera del ejido, vendiendo explícitamente las condiciones de vida que ha sabido construir nuestra comunidad, a fuerza de inversiones sostenidas en el mantenimiento de las condiciones ambientales y la provisión de infraestructura pública, hasta tanto sean formalmente incorporados al ejido municipal cumplan con los presupuestos de desarrollo urbanístico que nuestra ciudad exige para su ordenamiento urbano en cuanto a la provisión de servicios y constitución de reservas que hagan al desempeño de la vida en comunidad.