Resolución nº 84/20 sobre funcionamiento del CD hasta el 31/3

VISTO:
El Decreto Nacional N° 260/20, Decreto provincial N° 336/20, el Decreto
DEM 750/20, la Ordenanza CD 12.889/20, la Resolución 3/20 de la Secretaría de Gestión y
Empleo Público dependiente de la Jefatura de Ministros de la Nación, la Resolución 102/20 del
Ministerio de Educación de la Nación, las Resoluciones 52/20 y 53/20 del Ministerio de Economía
e Infraestructura de la Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto consignado en el Visto el Poder Ejecutivo Nacional amplió
la emergencia pública sanitaria en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial
de la Salud (OMS) en relación con el coronavirus (COVID-49) por el plazo de un año desde la
sanción de la medida, y estableció las personas que deberán permaneces aisladas;
Que en concordancia con ello el Gobierno Provincial a través del dictado del
Decreto N° 336/20 declaró el estado de emergencia sanitaria en todo el territorio de la Provincia
del Neuquén por un plazo de 180 (ciento ochenta) días;
Que asimismo, dictó las Resoluciones 52 y 53/20 del Ministerio de Economía
e Infraestructura, otorgando las licencias preventivas en el ámbito de de la Administración
Provincial y recomendando la postergación de actividades de tipo grupal, no operativas, mientras
persistan las recomendaciones del Ministerio de Salud en cuanto a la emergencia sanitaria;
Que en virtud de todo ello se debatió en reunión plenaria de concejales, las
medias a seguir en el ámbito del Departamento Legislativo;
Que se acordó continuar con las actividades habituales del Concejo Deliberante
procurando la disminución de público y de personal de la casa;
Que en consecuencia se deciden suspender todas las actividades que impliquen
las actividades grupales como Audiencias Públicas, Bancas del Vecino y reuniones de comisiones
con invitados;
Que corresponde el dictado de la norma que formalice las medidas acordadas;
POR ELLO:
ARTÍCULO 1º.- RATIFÍCASE el cronograma de Sesiones Ordinarias fijadas por Resolución
CD 305/19, estableciendo que las Sesiones Ordinarias n° 5 y 6 pautadas para los días 19 y 26 de
marzo, respectivamente, se realizarán sin público garantizando su transmisión por medios radiales
y digitales.-
ARTÍCULO 2º.- SUSPENDESE la realización de la Audiencia Pública convocada mediante
Resolución 59/19 y el uso de las Bancas del Vecino, cuya admisión se dictó por Resoluciones
77/20 y 78/20.
ARTÍCULO 3º.- RECOMIÉNDASE a los vecinos y vecinas que, dentro de sus posibilidades,
realicen todas las consultas y presentaciones por medios telefónicos o digitales.-
ARTÍCULO 4°.- ESTABLÉCESE que las Comisiones, entre los días 16 y 31 de marzo,
funcionarán con un máximo de 3 (tres) Concejales, uno por cada bloque, garantizando el
cumplimiento del Artículo 2 de la Resolución CD 287/19.
ARTÍCULO 5°.- SUSPENDESE hasta el 31 de marzo la realización de reuniones con invitados
en todo el ámbito del Concejo Deliberante.-

ARTÍCULO 6°.- ESTABLÉCESE que sólo podrá acudir a su puesto de trabajo 1 (un)
colaborador por cada Bloque.
ARTÍCULO 7°.- SUSPENDENSE hasta el 31 de marzo las actividades que en el marco del
Relevamiento y Actualización de la Situación Dominial de la Ladera del Curruhuinca impliquen
contacto entre los vecinos y vecinas y el personal dedicado a esta tarea.
ARTÍCULO 8°.- ENCOMIÉNDASE a la Secretaría Administrativa la diagramación de un
esquema de trabajo que, garantizando la prestación de los servicios indispensables para la
comunidad, minimice la concurrencia de los agentes a su lugar de trabajo.
ARTÍCULO 9.- INSTASE a todos los involucrados el seguimiento estricto de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 10º.- DESE amplia difusión de la presente.-
ARTÍCULO 11º.- COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo.-

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