LA MUNICIPALIDAD IMPLEMENTARA UN PLAN DE MEJORAS DEL PAISAJE URBANO
El Concejo Deliberante de San Martín de los Andes aprobó la ordenanza que autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a implementar un “Plan de rehabilitación urbano-ambiental, mantenimiento y mejora de las vías de acceso y lugares emblemáticos de la ciudad.”
El mismo consiste en la realización de mejoras de fachadas, arreglos de pintura y embellecimiento de edificios, muros y cercos situados en los accesos a nuestra ciudad que sean considerados emblemáticos, a criterio de la Administración Municipal, para lo que será imprescindible el consentimiento por escrito de sus propietarios.
Entendiendo que la ciudad misma es el principal atractivo turístico en conjunto con el paisaje circundante, inicialmente se pondrá atención en la vía de acceso por excelencia como es la Ruta 234, donde a lo largo de su recorrido se observan diferentes nodos visuales emblemáticos, edificios deteriorados por falta de mantenimiento, así como cercos y muros que dan continuidad a este corredor.
El alcance de la presente ordenanza para las medidas de protección, en cuanto forman parte del patrimonio y el paisaje urbano, son las fachadas de los edificios y otros elementos urbanísticos y arquitectónicos de titularidad pública o privada, tales como portales, galerías comerciales, escaparates, patios, solares, pasajes, jardines, , farolas, veredas, pérgolas, elementos decorativos, contenedores y bienes de la misma o semejante naturaleza.
Para el funcionamiento del programa se creará el “Fondo para la rehabilitación urbano-ambiental, mantenimiento y mejora de las vías de acceso y lugares emblemáticos de la ciudad”, cuyo presupuesto será solventado con fondos provenientes de la Ley 2615 (art. 5), aportes no reintegrables de la provincia, donaciones y contribuciones de los propios vecinos beneficiados.
Es de resaltar que la rehabilitación y mejora de estos sectores de la ciudad, ya sea en sus fachadas, en el aporte de mobiliario urbano, luminarias, contenedores de residuos, etc. redundará en beneficios socio ambientales y en la “apropiación comunitaria” de los espacios comunes y/o públicos.
Los objetivos de este plan pueden encontrarse en distintas normativas, tanto en la Carta Orgánica Municipal, que en su artículo 8 punto 20 indica “Reafirmar la importancia de San Martín de los Andes Como Centro Turístico consolidando un futuro afianzado en dicha actividad, jerarquizando los recursos naturales, fomentando la actividad forestal, armonizando el desarrollo edilicio y estructural con la demás actividades que generen fuentes de recursos genuinos y apoyando toda iniciativa que conlleve a sentar bases sólidas de convivencia, incrementando la calidad de vida.