PREVÉN SANCIONES MÁS GRAVES PARA EL SERVICIO URBANO DE PASAJEROS

En la sesión del Concejo Deliberante del día de la fecha se modificaron e incorporaron artículos al Código Municipal de Faltas con la intención de regular y control más eficientemente el servicio urbano de pasajeros de San Martín de los Andes.

Los artículos que se incorporan al Código, a partir de la unánime aprobación de la ordenanza refieren a que “las Empresas deberán contar con dos choferes en calidad de refuerzos, y deberán encontrarse a disposición de la empresa en caso de necesidad de reemplazo.”

También se incorporó la sanción a la falta de cumplimiento del artículo antes mencionado, como también un artículo que pena el retraso comprobado e injustificado, de mas de quince minutos en los servicios prestados a los diferentes Barrios de la ciudad.

Asimismo se agrava la pena, a partir de una modificación del artículo 200 de la Ordenanza 94/84, en lo descrito al incumplimiento total o parcial del recorrido en cualquiera de las Líneas y/o Ramales, con una multa de entre doscientos a dos mil quinientos puntos, si el incumplimiento fuera parcial, y con una multa de entre quinientos a cinco mil puntos si fuera total.

Alcoholímetro
Otro artículo modificado, refiere a aumentar las sanciones para aquellas personas que son detenidas en manifiesto estado de ebriedad, que irán desde 300 a 3000 puntos, manteniendo las mismas penas para los infractores reincidentes. Esta modificación surge a partir de la ordenanza sancionada en la pasada sesión que crea los controles de alcoholemia en la ciudad y reglamenta el uso del estilómetro en esos controles.

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