SE SANCIONÓ LA ORDENANZA COMPLEMENTARIA DE LA 3012/98 DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA VEGA PLANA

En la sesión de ayer se sancionó por mayoría (9 votos a 1) la ordenanza complementaria de la 3012/98 de ordenamiento territorial de la vega plana y áreas contiguas, que incorpora, entre muchas otras cosas, nuevas directrices sobre el uso del suelo en aquella zona tan sensible de nuestra ciudad.

Al momento de la votación los Concejales que hicieron uso de la palabra (por el MPN Concejal Nancy Jara, María Isabel Noya, por Participar Horacio Raguso, por Concertación Neuquina Mirta Billorián y por Opción Federal Silvia Curi) que fundamentaron su voto positivo concordaron en el hecho de que es necesario que en la Vega se pueda urbanizar, pero de manera ordenada y que el sustento técnico brindado por reconocidos especialistas de distintas áreas en la materia que consta en el expediente así lo garantizaba.

También justificaron su voto debido al exhaustivo análisis jurídico que implicaba esta norma, para que no se vulneraran derechos adquiridos por los ciudadanos en esta norma que implica restricciones al dominio, que por una norma ordenamiento territorial y de uso del suelo no tiene carácter retroactivo.

A su turno la Concejal por UNE Ana Ambrogi, manifestó su negativa al proyecto y les expresó a los vecinos presentes que desde su bloque accionará judicialmente para declarar inconstitucional la norma e hizo responsables a los Concejales de las consecuencias medioambientales que la sanción de la norma produjere.

Consideraciones sobre la ordenanza sancionada
Esta norma responde a la necesidad política y social de actualizar y perfeccionar la vigente, y cuya área es reconocida por todos los habitantes de la ciudad como un área de valor cultural, ambiental y paisajístico.

Por lo que la Secretaría de Planificación y Desarrollo Sustentable de la Municipalidad ha desarrollado un largo y minucioso proceso de evaluación de la actual norma y consultado a distintos actores locales y expertos a nivel provincial para la realización de este proyecto.

Como resultado de este análisis se han mantenido vigentes gran parte de las directrices y demás disposiciones rectoras establecidas en la Ordenanza Nº 3012 / 98, como la figura del Ambiente Protegido, la afirmación de La Vega Plana como un área parque, y las grandes pautas de manejo para los Faldeos.

Asimismo se han agregado nuevas directrices que regirán a partir de la publicación de la norma sancionada, producto de este proceso de trabajo y de la modernización de la tecnología que permite conocer en detalle las características del suelo, identificación e implementación de un sistema vinculante de salvaguardias ambientales que determinarán su posible uso en la tan mencionada Vega Plana.

Algunas de estas nuevas pautas son la del principio de impacto hidrológico cero, que minimizará la transmisión de conflictos hídricos entre los diversos sectores de la cuenca del arroyo Pocahullo y afluentes; la clasificación del suelo, como Suelos Urbanizables aquellos de Alta y Media Aptitud Urbano – Ambiental, y Suelos No Urbanizables aquellos de Baja Aptitud Urbano – Ambiental o con Tutela Ecohidrológica, donde se reconocerán en cada predio dos grandes áreas: un Área de Implantación y otra Área de Conservación.

Otra pauta con fuerza de directriz es la de las superficies mínimas de cada parcela establecidas como de 2 hectáreas para predios en los que prime mayoritariamente la superficie del Suelo de Alta Aptitud Urbano – Ambiental,
4 hectáreas para predios en los que prime mayoritariamente la superficie del Suelo de Media Aptitud Urbano – Ambiental y de 5 hectáreas para predios en los que la superficie del Suelo de Baja Aptitud Urbano – Ambiental y con Tutela Ecohidrológica es la mayor.

Algunas de estas son modalidades específicas de manejo de La Vega acordes con la complejidad de esta área, considerando sus diversas aptitudes y fragilidades, y cuya zonificación está en un Mapa de Aptitud Urbano – Ambiental del Suelo, que introduce nuevas figuras de ordenamiento territorial adaptadas a esta realidad local como lo son las Áreas de Implantación y las Áreas de Conservación Predial.

Cabe señalar que los potenciales desarrollos que se efectúen en la zona serán más acotados e intentan facilitar el logro de una sustentabilidad ambiental, económica y social en el manejo de esta área, proporcionando un mayor control desde el estado a través de la incorporación de sistemas de monitoreos periódicos y herramientas modernas de gestión del territorio como cartas satelitales y delimitaciones georeferenciadas.

Cabe señalar que queda pendiente la reglamentación del Código de Buenas Prácticas Ambientales y de Salvaguardias Ambientales, que según expresó, en cuarto intermedio, la Secretaria de Planificación Sara Castañeda, será formulada por una Comisión conformada ad hoc por distintos actores de referencia en el tema como miembros del Colegio de Arquitectos, el de Ingenieros, Concejales de todos los Bloques y del Ejecutivo Municipal, entre otros.

You must be logged in to post a comment.