SE DEBERAN COLOCAR LAS IDENTIFICACIONES DOMICILIARIAS

El Concejo Deliberante de San Martín de los Andes sancionó una ordenanza en la que se establece la obligatoriedad de cada frentista de exhibir en lugar visible desde la vía pública, una placa con la numeración identificatoria de su domicilio.

Desde la Subsecretaría de Espacios Públicos se argumenta la necesidad de colocar la numeración de cada domicilio por constituir un rasgo identitario para la ciudad, contribuyendo a generar referencias espaciales y pertenencia barrial.

La norma también establece que la Dirección Municipal de Catastro, al momento del re-ingreso de las carpetas de obra para la certificación de dominio y recepción del certificado de amojonamiento, emitirá el “número” correspondiente a cada obra nueva. Esta certificación de número será adjuntada a los planos aprobados y entregada al interesado por la Dirección de Obras Particulares.

También exige a los frentistas que deberá, en un plazo no mayor a seis meses, efectuar ante la Dirección Municipal de Catastro, la verificación y/o rectificación, si correspondiere, de la numeración asignada a cada domicilio, y su debida colocación en el inmueble.

Las placas identificatorias deberán seguir las siguientes pautas

Dimensiones: mínimas: 9 cm de alto por 12 cm  de ancho.

Forma: rectangular o cualquier otra forma que respete las dimensiones reglamentarias.

Materiales: chapa enlozada, pintada, ploteada, cerámica, metal, madera ó similar según el gusto de cada vecino.

Finalmente la manda legal encomienda a la Secretaría de Planificación y Desarrollo Sustentable la realización de una amplia campaña de difusión, a efectos de garantizar que la comunidad  tome conocimiento de la ordenanza.

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