Solicitan precios diferencial en los combustibles para los moviles policiales, ambulancias y bomberos.

En la sesión de ayer, jueves 22, se aprobó por unanimidad , el proyecto presentado por el Concejal del MPN Carlos Saloniti , donde comunican al Ministerio de Energía, Ambiente y Servicios Públicos de la Provincia del Neuquén, la necesidad que solicite ante la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS de la Nación, la creación de un precio diferencial en los combustibles para los móviles policiales, ambulancias y bomberos de la Provincia del Neuquén.

Por otro lado, también comunican a la COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE INVERSIONES HIDROCARBURIFERAS dependiente de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la necesidad que controle la efectiva e irrestricta aplicación de la Resolución Nº 35 dictado por la Secretaría de Comercio Interior de la Nación. El Proyecto tiene por objeto principal la creación de un precio diferencial para los móviles policiales, ambulancias y bomberos de la Provincia del Neuquén. Asimismo, se solicita se cumpla con la aplicación de la Resolución Nº 35 dictada por la Secretaría de Comercio Interior de la Nación. El presente tiene fundamento en los fines sociales y públicos que realizan estas tres instituciones para la comunidad. La Provincia del Neuquén ha sido reconocida por sus invalorables recursos naturales y su aporte a la política energética de la Nación. Neuquén aporta el 50 % del gas que se consume en toda la Nación, posee la mayor reserva de hidrocarburos no convencionales en toda la República, situación que derivó en la firma del Convenio con la Nueva YPF, y a esta con la Estadounidense Chevron para la explotación de los hidrocarburos no convencionales. Más allá de las innumerables gestiones realizadas, la Provincia no ha logrado modificar el precio del gas en boca de pozo, generando un desequilibrio entre lo que se le paga a Neuquén y lo que la Nación le paga a otros países y buques metaneros. Entendemos –con justa razón- que nuestra Provincia merece un tratamiento diferencial, y eso puede compensarse con un precio diferencial en los combustibles para áreas que son sensibles a los ciudadanos, tales como: la policía provincial que vela por la seguridad de todos (seguridad), las ambulancias que cumplen un rol estratégico en la salvación de vidas (salud) y por último, los bomberos voluntarios. Solicitamos que la Secretaría de Comercio Interior analice la creación urgente de un precio diferencial en los combustibles. Es ella la que cuenta con las competencias para elaborar y diagramar un conjunto de medidas que beneficien de manera directa a la Provincia del Neuquén. Cabe recordar también, que nuestra Provincia posee el 10% de las acciones de la Nueva YPF, hecho que no resulta menor frente a la competitividad interna y externa frente a los precios de combustibles. El reclamo es que el Gobierno nacional “restablezca los precios diferenciales de los combustibles” en la región, teniendo en cuenta “las grandes distancias existentes entre las poblaciones y otros centros urbanos de mayor concentración de habitantes; el uso de automóviles como una necesidad y no como un bien suntuario; el mayor costo de vida; el carácter de provincias productoras de hidrocarburos; la promoción de actividades tales como el turismo, la pesca y el transporte, entre otras, al dotarlas de esta ventaja comparativa”. La reducción del 50 por ciento del valor se fue perdiendo, y hoy la diferencia es escasa con el precio en Buenos Aires, teniendo en cuenta lo que sucedía dos décadas atrás. Además se recalcó que la normativa que fijó el Estado Central para retrotraer los precios al 31 de julio de 2010 para aminorar las subas “no solucionó la pérdida del beneficio, ni está a la altura”. La Ley nacional 23.966 establecida a través del proyecto elaborado por el Oscar “Tatín” López Salaberry, quien es recordado por esa propuesta que marcó la vida y el desarrollo de la región, ahora afecta el desarrollo de las provincias. El tema deberá ser analizado por los concejales, quienes podrían sancionar la adhesión en la próxima sesión legislativa. Asimismo, se solicita que la Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica controlen y verifiquen la correcta aplicación de la reciente Resolución 35 dictada por la Secretaria de Comercio Interior, la cual fijó precios máximos para los combustibles que regirán durante los próximos seis meses. La resolución de la Secretaría de Comercio Interior dividió al país en seis regiones. Los topes serán los valores más altos vigentes el pasado 9 de abril en cada una de esas zonas. Según fuentes oficiales destacaron que la medida se inscribe dentro de la política de control de precios que impulsa el Gobierno en distintos sectores y remarcaron que en este caso el objetivo principal es evitar una espiralización, pues cuando YPF ajuste, Shell no podrá seguirle los pasos y remarcar para volver a desmarcarse, como suele hacerlo después de cada aumento de la petrolera estatal. La resolución firmada por el secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, establece topes para la comercialización de hidrocarburos líquidos (nafta y gasoil). Lo hace a partir de las atribuciones que le otorga la Ley de Abastecimiento 20.680, la cual fija en su artículo 2 que la secretaría puede dictar normas que rijan la comercialización, intermediación, distribución y producción de bienes y servicios. En el texto se aclara que se tomará como precio máximo el vigente el 9 de abril en las siguientes regiones: Entre los fundamentos de la medida se establece que el ESTADO NACIONAL tiene a su cargo la implementación de políticas públicas que tengan como objetivo satisfacer necesidades sobre las cuales se sustentan derechos de raigambre constitucional, tales como los derechos del consumidor, todo ello en un marco de trato equitativo y digno, conforme al Artículo 42 de la CONSTITUCION NACIONAL. La SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS debe entender en la ejecución de políticas y plexos normativos necesarios para afianzar la transparencia en la comercialización de los bienes y servicios y tener asegurado el suministro de los mismos, a fin de amparar los derechos de los consumidores. En concordancia con lo expuesto, se torna imprescindible dictar una política tendiente a determinar el precio de los combustibles líquidos, evitando de esta manera que se produzcan desajustes en los montos que deban abonar los consumidores. La Ley Nº 20.680 constituye una herramienta jurídica eficaz para sistematizar las relaciones entre los agentes económicos, especialmente en la prevención o represión de conductas especulativas o distorsivas en la provisión de productos y servicios, así como también respecto de sus precios.

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