Proyecto de comunicación donde manifiestan la necesidad de modificación de la ley 23.753 de prevención de Diabetes.

La Concejal del PVSS, Natalia Bruno, presentó un proyecto donde comunica  al Honorable Senado de la Nación, la necesidad del pronto tratamiento y posterior dictamen del Proyecto de modificación de la Ley Nacional 23.753 de “Problemática y Prevención de la Diabetes”, respecto de la actualización, cobertura y adecuación de los tratamientos farmacológicos y tecnológicos, el que se encuentra en evaluación en la COMISION DE SALUD Y DEPORTES DEL SENADO DE LA NACIÓN .

 

Solicita que se envíe  copia de la presente al Gobierno de la Provincia de Neuquén, para que a través del Ministerio de Salud se realicen las gestiones institucionales pertinentes que ayuden en el tratamiento de la presente solicitud.

 

COMUNÍQUESE a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.

 

El proyecto que se pone a consideración, trata sobre la necesidad e importancia que la Ley 23.753 de Protección a la Persona con Diabetes sea actualizada en función de los avances tecnológicos, científicos, farmacológicos, médicos y educativos en materia de diabetes en todas y cada una de sus etiologías. La ley fue realizada en 1988, (25 años) se sancionó en 1999 y su reglamentación corresponde al año 2001.

 

“Actualmente  la ley no contempla la realidad de las personas que padecen este flagelo, por ello es necesario actualizar y especificar lo que debe recibir el paciente por parte de las obras sociales, ya que hoy en día queda abierto a interpretaciones”.

La ley tampoco contempla el tratamiento de conteo de hidratos de carbono que requiere de la utilización de más de 7 tiras reactivas diarias no cubiertas, no tiene en cuenta los viajes que deben realizar los padres para hacer atender a sus nuestros hijos ya que no en todas las ciudades y pueblos cuentan con médicos diabetologos infantiles. No habla de un plan de alimentación saludable que es de suma necesidad para el tratamiento de esta enfermedad crónica. 

El tratamiento es costoso y de por vida.

La base de un buen tratamiento evita problemas muy severos para el futuro como son la retinopatía diabética, disfunción renal, problemas cardiacos y neurológicos y la amputación de miembros inferiores. 

Panorama actual.

 

En los últimos años, la diabetes alcanzó a ser en la Argentina y en el mundo un problema de salud pública con proporciones de pandemia. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), en el mundo existen actualmente más de 347 millones de personas que la padecen, y calcula que, para el año 2030, 438 millones de personas padecerán esta afección.

En Argentina, se estima que hay dos millones y medio de personas con diabetes, y que para el año 2020 alcanzaría a 4 millones de argentinos, lo que llegaría a significar una prevalencia del 9,6%.

La OMS estima que entre el 50 y el 80% de los pacientes diabéticos muere a causa de enfermedades colaterales que van apareciendo por la diabetes, como las coronarias.

El control metabólico es fundamental para evitar las complicaciones que enfrentan los pacientes con diabetes y que los llevan a la ceguera, la insuficiencia renal, neuropatías y alteraciones cardiovasculares.

La importancia de la prevención, el diagnóstico temprano y un tratamiento integral se evidencia con los costos directos que produce la enfermedad. Se estima que la diabetes consume entre el 2,5 y el 15% de los presupuestos de salud de los países.

La Federación Internacional de la Diabetes (IDF) enfatiza la importancia de personalizar el tratamiento de la diabetes en función de las características clínicas, pero también culturales de cada paciente.

En nuestro país, el control y tratamiento del paciente con Diabetes Mellitus está encuadrada en la Ley 23.753/89 y el Decreto Reglamentario 1271/98, dentro de cuyas disposiciones se encuentran los medicamentos e insumos básicos y cobertura mínima inicial.

Si bien la cobertura es bastante amplia, presenta algunos problemas.

Por una parte, el hecho que la cobertura no acompaña los avances científicos obtenidos en materia de tratamiento de la enfermedad, por lo cual ciertas drogas y dispositivos para el control de uso ya casi habitual y cotidiano, todavía no se encuentran cubiertos, a lo cual se suma su elevado costo. Debido a ello, y la imposibilidad de afrontar el elevado costo de los mismos por parte de la población afectada por la enfermedad, proponemos reconocer los nuevos insumos y llevar su cobertura al 100%, tal como resulta del texto de la norma, que establece un piso del 70% para tender a la cobertura del 100%

Por otra, muchas prepagas y obras sociales pretenden cubrir sólo el mínimo estipulado por la reglamentación de la ley, y no lo que el paciente realmente necesita.

Un caso típico es que la prepaga pretenda cubrir únicamente 400 tiras reactivas al año por paciente diabético, lo que, según la reglamentación, corresponde a una dación mínima. Con lo cual todos los pacientes deben pedir un informe a su médico donde aclare que debe controlar su glucosa en sangre 3 o más veces al día para que la prepaga reconozca las tiras que cada paciente necesite. Este es uno de los puntos que atacamos con este proyecto, estableciendo que todas las tiras reactivas deban entregarse de acuerdo a prescripción médica.

Otra cuestión común es que la prepaga le quiera dar al paciente una insulina distinta a la que el paciente solicita, lo cual no puede hacer, dado que para el paciente diabético no todas las insulinas son iguales y la ley dispone que debe cubrirse la insulina que corresponda con el tratamiento que está realizando.

 

Es evidente que la evolución de la enfermedad no depende sólo de los factores personales. En primer lugar depende de la asistencia sanitaria que proporcione la información para prevenir y contener las complicaciones de la diabetes, y además que brinde los insumos indispensables para realizar el tratamiento.

 

 

Legislación nacional.

 

La ley 23753, conocida como la ley nacional de diabetes, establece que el Ministerio de Salud y Acción Social dispondrá las medidas necesarias para la divulgación de la problemática derivada de la enfermedad y sus complicaciones. Este deberá dedicarse en especial a los problemas de producción, provisión y dispensación, para asegurar a todos los pacientes un tratamiento adecuado.

 

El Decreto Nro. 1.271/98, reglamentario de la Ley 23.753, contiene las previsiones sobre aspectos relevantes  de la prevención de la diabetes y los problemas derivados de la atención a personas con diabetes. Según el artículo 3, el Ministerio de Salud y Acción Social, deberá garantizar el aprovisionamiento de los medicamentos y reactivos de autocontrol que se estimen indispensables para un tratamiento adecuado, según lo establecido por el PRONADIA (Programa Nacional de Diabetes).

 

De acuerdo al artículo 4, el Estado garantizará la cobertura de los mismos, a aquellos pacientes carentes de recursos y de cobertura médica. Y el artículo 5 determina una cobertura  del 100% para insulinas y elementos para su aplicación y del 70% para demás elementos establecidos en el PRONADIA.

 

 

Pedidos de cambio.

 

El 25 de abril de 2012 bajo el Nro. de Expediente 8026-12-4, la FAD y la SAD presentaron, en forma conjunta, ante el Ministerio de Salud de la Nación un pedido de modificación del Programa Médico Obligatorio. El pedido de reforma exige una mayor y mejor cobertura de medicamentos, tiras reactivas e insumos que necesitan los pacientes.

 

Asimismo, el 4 de mayo de 2012 diversas organizaciones (AFaDU, CBH Filial Córdoba “Círculo azul en Acción”, Grupo ARDIACEL, AProDiAr y grupos de Facebook como “Nuestras dulces princesas” y “Somos diabéticos”) presentaron un petitorio con más de 9000 firmas en la Presidencia de la Nación y en el Ministerio de Salud, para solicitar una revisión de la actual ley 23753 y las demás disposiciones legales referidas al cuidado de la salud del paciente diabético. Piden un cambio en la legislación actual para garantizar el 100% de cobertura de todos los insumos necesarios para el tratamiento. Este petitorio complementa los trámites llevados a cabo por la FAD y la SAD.

 

El argumento central de este pedido, y en general de quienes creen que la legislación actual tiene que cambiar, es que solventar los insumos para tratar la diabetes es menos costoso que los gastos para tratar las complicaciones.  El petitorio es concluyente: “Cuesta menos entregar lo necesario para un buen control que cubrir luego las complicaciones”.

 

Jorge Forno, coordinador de Adiaquil, la asociación que nuclea a personas con diabetes, familiares y amigos residentes en la ciudad de Quilmes y alrededores, dice con respecto a la ley 23753: “La ley determina 400 tiras al 70% pero deja abierta la puerta a que si hay una necesidad mayor de control deberían entregarse las 800 tiras reactivas, que igual es una cantidad baja  para lo que hoy se estima como necesario para el monitoreo del paciente (…) La ley, como se redactó hace muchos años, debería tener una adecuación a los medios de control que existe hoy, que no son lo mismos que existían hace 13 o 14 años, y los controles permiten un seguimiento mucho más preciso, que sería beneficioso para el paciente y mirándolo a largo plazo para la economía de la obra social o prepaga también, porque permitiría evitar un montón de consecuencias que el mal control trae aparejado. Por eso el PMO y la reglamentación de la ley necesitarían una adecuación”.

 

El 11 de septiembre de 2013 en el Senado padres reunidos por la diabetes disertaron ante la Comisión de Salud y desde allí, salió ya el proyecto de ley que contempla ENTRE OTROS PUNTOS: QUE EL ESTADO SEA GARANTE DE:

 

* Los tratamientos, la medicación y los insumos pertinentes de acuerdo a los requerimientos de cada paciente, según sus necesidades, realidades y contextos.

* La creación de servicios especializados en diabetes en hospitales de niños y adultos;

* La seguridad al acceso y permanencia en ámbitos laborales y educativos de cada persona diagnosticada con Diabetes Mellitus;

* Campañas comunicativas permanentes de prevención e información sobre la enfermedad: signos, síntomas e indicadores;

* Formación y actualización de los profesionales de la salud y personal sanitario, especialmente;

* Educación terapéutica para el auto cuidado, manejo y control de la patología 

 

¿CÓMO ESTÁN LAS COSAS HOY?

 

El proyecto de la modificación ESTÁ REDACTADO y listo para ser debatido por la Comisión de Salud del Senado.

 

“No podemos curar la diabetes de nuestros hijos, pero sí podemos dejarles las herramientas y los medios sociales y comunitarios para que su vida sea PLENA”.

 

 

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