Ratificación decreto del Convenio con Camuzzi porla instalación del Gas en la Escuela 359 de Cordones de Chapelco.

El Concejo Deliberante ratificó  en todos sus términos el Decreto D.E.M. nº 1999/13 de fecha 22 de octubre de 2013, el cual aprueba el Convenio con la Empresa Camuzzi Gas del Sur para la puesta en marcha de la obra de “ Instalaciones Internas de Gas en la Escuela Nº 359 de Cordones del Chapelco”, la que será habilitada una vez finalizada la misma y a satisfacción de la Empresa Camuzzi,  de acuerdo a lo dispuesto en el convenio suscripto el que forma parte de la presente como Anexo I.

                           

La obra de la Escuela Nº 359 del Bº Cordones del Chapelco pertenece al Plan Nacional Más Escuela y fue ejecutada por la empresa Werefkin.-

Para la puesta en funcionamiento de la escuela de Cordones del Chapelco este Municipio solicitó el servicio de gas de redes a la empresa Camuzzi Gas del Sur, y la autorización, a través de la vía contractual, a fin de que se dé inicio a las obras correspondientes a la instalación interna de la escuela.

En este marco se suscribe un Convenio a través del cual el Municipio compromete su gestión para que se lleve adelante, hasta su culminación,            las obras de instalación interna de la Escuela, la cual una vez finalizada será habilitada sin necesidad de realización  de obras complementarias para mantener las condiciones de operación del sistema de distribución en su punto más extremo, considerando únicamente el consumo por la incorporación de la escuela.

Asimismo, el Municipio asume el costo y compromiso de realizar las gestiones necesarias ante autoridades provinciales y nacionales para el financiamiento y ejecución de las obras complementarias mencionadas en el párrafo anterior en caso de que las obras de Refuerzo de Sistema Cordillerano, necesarias para ampliar la capacidad operativa del sistema, no pueden realizarse en tiempo y forma para garantizar la provisión del servicio a la escuela.

El Municipio se hará cargo de cualquier impuesto, tributo, intereses, multas y/o recargos que resultare aplicable con motivo del otorgamiento, instrumentación, perfeccionamiento, cumplimiento y ejecución del Convenio suscripto.

 

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