Ratificación de decreto que otorga la custodia al MOI.

En la última sesión del año, se aprobó por mayoría, con el voto negativo del Concejal de UCR Evaristo González ,  ratificar  en todos sus términos, el Decreto D.E.M. nº 2238/2013 de fecha 29 de noviembre de 2013, mediante el cual:

1.     se otorga, ad referéndum del Concejo Deliberante, en custodia a la Federación de Cooperativas Autogestionarias MOI, los inmuebles pertenecientes al dominio privado municipal e individualizados en el croquis obrante a fs. 37/38 del Expediente Administrativo nº 05000-395/13, ubicados en el Barrio Chacra 4, Manzana K, Nomenclatura Catastral 15-20-052-9621, con una superficie aproximada de 1200 m², y Lote Q, Nomenclatura Catastral 15-20-052-8618-0000, con una superficie aproximada de 2876,52 m²;

2.     se establece como obligación a cargo de la Federación de Cooperativas Autogestionarias MOI, llevar delante de delimitación y alambrado perimetral de ambos lotes, así como controlar los inmuebles evitando intrusiones, realizando una actividad de efectiva custodia y control de estos;

3.     se determina como plazo por el cual se otorgan ambos predios en custodia el necesario hasta que se apruebe o se rechace la venta de los inmuebles descriptos en el Artículo 1º del Decreto 2238/2013 a favor de la Cooperativa de Vivienda Lago Lacar por parte del Concejo Deliberante, disponiendo que una vez que la Cooperativa concluya con los trámites de inscripción en el INAES, la custodia de los inmuebles recaerá sobre ella, debiendo la Federación de Cooperativas Autogestionarias MOI transferir efectivamente dicha custodia a la Cooperativa de Vivienda Lago Lacar, que continuará con las mismas obligaciones asumidas por la Federación.-

 

Entre los objetivos contemplados en el convenio oportunamente suscripto entre la Municipalidad y la Federación de Cooperativas Autogestionarias MOI, se encuentra el de impulsar políticas de producción social de hábitat popular, cuestión ésta que se complementa con lo dispuesto en la Ordenanza nº 9734/2013 en cuanto prevé el fomentar la producción autogestionaria de viviendas y hábitat, así como el contemplar la adjudicación de tierras a títulos onerosos a valor de fomento, a organizaciones y/o grupos sociales que desarrollen la propiedad colectiva, garantizando autogestión del financiamiento para la construcción de viviendas.-

La Cooperativa de Vivienda Lago Lacar, entidad integrante de la Federación de Cooperativas Autogestionarias MOI, ha presentado un proyecto de desarrollo de una experiencia piloto de construcción de viviendas dentro de un marco de políticas de autogestión, considerándose para su implantación los inmuebles sitos en Chacra 4 sobre la manzana K, Nomenclatura Catastral 15-20-052-9621, con una superficie aproximada de 1200 m², así como el Lote Q, Nomenclatura Catastral 15-20-052-8618-0000, con superficie aproximada de 2.876,52 m², según croquis a fs. 37 y 38.-

Si bien es intención del Departamento Ejecutivo, propiciar la venta a precio fomento de los inmuebles en cuestión  a fin de dar otra base de sustento a la experiencia de construcción de viviendas a realizarse, al existir la promesa de transferencia de dominio de la Municipalidad – constituida por el boleto de compra venta que deberá suscribirse – a favor de la Cooperativa una vez efectuada la mensura y deslinde, y aprobada aquellas por el Catastro Provincial, hasta tanto esa operación pueda concretarse es conveniente que se otorguen los predios afectados a la factura adquirente con el fin de evitar instrucciones mediante un efectiva tarea de custodia.-

Atento a que la entidad impulsora del proyecto – Cooperativa de Vivienda Lago Lacar – se encuentra en etapa final de aprobación de su trámite de inscripción ante el INAES, la custodia de los predios antes mencionados, se entregará a la Federación de Cooperativas Autogestionarias MOI, de la cual la Cooperativa de Vivienda Lago Lacar forma parte, con la obligación de llevar adelante acciones de delimitación y alambrado perimetral, evitando intrusiones y llevando adelante un efectivo control y cuidado de aquellos.-

El plazo por el cual se otorgarán los predios en custodia será el necesario hasta que se apruebe la venta de estos a la Cooperativa de Vivienda Lago Lacar, una vez autorizado el acto de disposición por parte del Concejo Deliberante, previa intervención de Contraloría Municipal en los términos dispuesto en la Carta Orgánica Municipal y cumplidos los demás pasos administrativos que resulten pertinentes.-

 

 

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