Se ratificó la ordenanza 10.146/14 de la Modificación del Artículo 1 del Estatuto del Personal Municipal.

En la última sesión del Jueves 19,se aprobó por Unanimidad de los presentes,  la Ordenanza 10.146/14 sancionada el 8 de mayo de 2014 y que fue vetada por el Ejecutivo, mediante la cual:

 

  1.  Se SUSTITUYE el Artículo 1º del Estatuto del Personal Municipal aprobado por Ordenanza 6327/05 por el siguiente:

ARTICULO 1. Personal comprendido. El presente Estatuto se aplica a todos los trabajadores que realizan su tarea en relación de dependencia en el Departamento Ejecutivo, organismos municipales en el que presten servicios, organismos descentralizados, dependencias estatales y empresas con participación municipal y  en el Departamento Legislativo.  Están incluidos todos los trabajadores sin distinción de categorías laborales y modalidades de contratación, con las excepciones detalladas en el Artículo 2.

El presente Estatuto se aplicará al personal del Departamento Legislativo hasta tanto el  Concejo Deliberante sancione su propio convenio colectivo de trabajo;

  1. se INCORPORA el Artículo 6º bis al Estatuto del Empleado Municipal aprobado por Ordenanza 6327/05, con el siguiente texto:

ARTÍCULO  6º bis.- En el caso que intervenga la JACAD en asunto referido a un agente del Concejo Deliberante, dos de los miembros designados por el Departamento Ejecutivo serán reemplazados por  dos representantes del Departamento Legislativo; y

  1. se DEROGA el Artículo 167 del Estatuto del Empleado Municipal aprobado por Ordenanza 6327/05.

 

Los Concejales Rodolfo Manson y Natalia Bruno estuvieron ausentes y la Concejal Ambrogi se levantó de su banca y no voto.

Los Concejales antes de votar manifestaron su postura.

 

Concejal Otharan: “Desde ya, no sólo vamos a acompañar esto. Sino que yo lamento muchísimo, la verdad, que no esté la palabra del oficialismo a través del Concejal Manson, la Concejal Ambrogi, para que puedan explicarnos la razón del veto. Porque la verdad, nuevamente digo esto es inentendible.  La intromisión en el Poder, en la voluntad del Poder Legislativo a través de un veto que parece medio intempestuoso, digamos. Porque no es raciona. Me parece, inclusive, que nos hace complicar nuestra convivencia. Quería solamente que conste esto. La verdad es que creo que no hay mucho más para hablar.”

 

Concejal Saloniti: “ Principalmente que éste es un proyecto que lo trabajamos todos los Concejales. Y fue un proyecto que empezó desde el año pasado con todos los empleados del Concejo Deliberante. Lo he escuchado al Secretario de Gobierno dar todas las explicaciones. Y, la verdad, tiene que dar un curso aceleradísimo de educación cívica, porque no se entiende. Después él también comentó, y lo quiero decir, que nosotros vamos por la caja del Concejo Deliberante. La verdad que Carnaghi  se olvida de que fue Concejal. Se olvida de que en un momento no gobernaba y se olvida de la división de poderes. Es triste que un político de tantos años acá en San Martín de los Andes no sepa esas cosas. Porque uno puede pensar, políticamente, totalmente distinto. Lo que no puede hacer es desconocer las instituciones. Lo que no puede hacer es desconocer la autonomía que tiene cada Cuerpo y lo peor es que dijo y bueno, que se pongan una oficina de recaudación”. La verdad, que el nivel de Carnaghi es triste.   El Concejo Deliberante gasta, no sé, tres veces menos de lo que gasta una Secretaria. Entonces, pensar que esto sólo  se limita sólo a lo económico es realmente de un bajo nivel, es no entender nada,  y me sorprende que un tipo que hace tanto hace política no haya tenido la coherencia de separar estas cosas y defender lo que legítimamente le corresponde al Concejo Deliberante. Así que, por supuesto, celebro que hoy votemos esto. Principalmente porque es un absoluto acto de justicia para los empleados municipales y para el Concejo Deliberante.”

Concejal Alberto Bruno: “ Todo este procedimiento se inició el 14 de mayo del año 2012.  Donde envié una nota, a cargo de la Presidencia, al Secretario de Trabajo, Seguel. Y nos fue respondida esa nota, afirmativamente por lo peticionado, el 30 de mayo del 2012. “

Concejal   Julio Obeid : “ Lo que tiene de bueno esto es que es un trabajo consensuado, sentido por todos, por la mayoría de los Concejales, por los empleados. Todos han trabajado, saben que vamos a seguir teniendo dificultades de este tipo. Pero, gracias a Dios, vamos dando pasitos que nos van asegurando que estamos en el buen camino. Cuando les digo que les agradezco  todo el esfuerzo que están haciendo los trabajadores para avanzar en esto. Y ahora que hemos insistido esta Ordenanza, y que la hemos aprobado, y que estoy absolutamente feliz sí le quisiera contestar a Guillermo Carnaghi, cuando  habló y dijo que a Julio Obeid había nombrado la palabra “caja”. Estoy seguro que no la nombré. Pero como él me conoce, me tocó a ver si saltaba. Yo no hablé de caja. Estoy hablando de la independencia administrativa del Concejo. Y cuando nosotros decimos que vamos hacia la independencia administrativa del Concejo es porque sabemos lo que queremos  y es una decisión conjunta de todos los Concejales, Salvo los del Ejecutivo, que hay veces que tienen esas lealtades inentendibles. Que uno se levanta de la banca, el otro desaparece. Cada vez que hay cosas donde saben que se pueden comprometer diciendo que no, desaparecen. Entonces, después sí. Vienen a subirse, a plantearle a los empleados del Concejo que son lo mejor,  y demás. A mí me parece que hay que ir avanzando de a poquito a  poco, teniendo coherencia. Diciéndole a Carnaghi que nosotros queremos la independencia administrativa de este Concejo, de un buen manejo del presupuesto. Que es una miseria. Y encima que es una miseria un funcionario puesto a dedo, como el Secretario de Hacienda, se permite el lujo de decidir todo lo que quiera por el Concejo, lo que me parece que es un verdadero acto de despropósito y de falta de respeto a un Cuerpo Legislativo como éste.”

 

La Ordenanza 10.046/14, sancionada el 8 de Mayo de 2014, mediante la cual se efectúan modificaciones al Estatuto del Empleado Municipal aprobado por  Ordenanza 6727/05, conducentes a reafirmar la autonomía del Concejo Deliberante en lo que respecta a la administración de su propio personal, potestad que le es propia por imperio del sistema republicano adoptado en la Carta Magna,   la Constitución Provincial y nuestra Carta Orgánica Municipal, fue vetada de manera total por el Intendente Municipal mediante Decreto E.M. nº 1063/14 del 28 de mayo del corriente.

 

El acto se sustenta en la potestad del Intendente Municipal, conferida por Artículos 55º y 72º inc. 3 de la Carta Orgánica Municipal de vetar ordenanzas, fundado en objeciones que son consignadas en los considerandos del respectivo decreto ( fs. 12).

 

La misma Carta Orgánica establece el procedimiento, en caso de que el Concejo decida insistir en el texto oportunamente sancionado: Artículo 55: Vetado en todo o en parte un proyecto de ordenanza por el Departamento Ejecutivo, vuelve con sus observaciones al Concejo Deliberante el que lo discutirá nuevamente. Si insiste en el proyecto original con la mayoría de dos tercios (2/3) de votos de sus miembros resulta sancionado; el proyecto es ordenanza y pasa al Departamento Ejecutivo para su promulgación. Si no se alcanzara la mayoría indicada, el proyecto no podrá repetirse en las sesiones del año legislativo en que se trate.

[…]

La motivación que tuvo el Concejo Deliberante para sancionar la Ordenanza 10.046/14 no ha variado, y de su letra no se puede inferir de manera alguna la voluntad de “excluir” al personal del Concejo Deliberante de lo normado en el mencionado Estatuto del Empleado Municipal. Lejos de ello la voluntad del cuerpo ha sido  consignarlo taxativamente en los alcances del Artículo 1º, aclarando que tal alcance regirá hasta tanto el Concejo Deliberante discuta con su personal el convenio colectivo propio, procedimiento que por otra parte ha sido avalado por la propia Dra. Romina Villegas del Departamento de Paritarias Provinciales dependiente de la Subsecretaría de Trabajo de la Provincia del Neuquén, el 30 de mayo de 2012, según consta a fs.16 del presente expediente. En tal sentido este Concejo Deliberante impulsó la modificación de la Ordenanza 9099/11 de adhesión a la Ley Provincial 1974, sancionando la Ordenanza 9575/12 que amplió puntualmente la aplicación de tal procedimiento al Concejo Deliberante .

 

Cabe mencionar que el Concejo Deliberante dictó el pasado 20/12/2013 la Resolución CD nº 274/13   solicitando dar inicio al procedimiento de apertura de la mesa de negociación paritaria para el personal del Concejo Deliberante. A resultas de ello la Subsecretaría de Trabajo mediante Resolución 10/14 del 23/04/2014  dispuso la apertura del Procedimiento de Negociación Paritaria con ámbito de aplicación en el Concejo Deliberante de nuestra ciudad, solicitando se remita la lista del personal de planta permanente  y el detalle de su afiliación sindical a efectos de posibilitar la apertura del procedimiento de Negociación Colectiva.

Todo ello avala la procedencia de las gestiones efectuadas por el Concejo Deliberante, el que a instancias de los reiterados pedidos de su personal de planta respecto de la realización de un  convenio colectivo propio,  y en el marco de diferentes acciones a las que el cuerpo sea avocado, sancionó la Ordenanza 10.046/14 cuyo texto se propone insistir, tal lo previsto en el artículo 55º de la Carta Orgánica citado ut supra, mediante el proyecto de resolución adjunto. El  mismo fue presentado por la Comisión de Gobierno el 03 de junio del corriente año, más  fue retirado del Orden del Día en el recinto en ocasión de la Sesión Ordinaria nº 13, a pedido de algunos ediles que solicitaron continuar su tratamiento en el seno de la Comisión de Gobierno .

 

 

 

 

 

You must be logged in to post a comment.