Declararon de Interés Municipal la implementación del Pro. cre.ar.

El Concejo Deliberante declaró de Interés Municipal   la implementación del PROGRAMA CRÉDITO ARGENTINO DEL BICENTENARIO PARA LA VIVIENDA ÚNICA FAMILIAR PRO.CRE.AR constituido mediante Decreto P.E.N. nº 902/2012 ( B.O. 13/06/2012.

Se autoriza  al Departamento Ejecutivo a firmar con el Comité Ejecutivo  del Fondo Fiduciario Público PRO.CRE.AR. creado por Decreto P.E.N. nº 902/2012, el Convenio de Colaboración y su Anexo , que como ANEXO I integran la presente.-

 

La realización de las acciones necesarias para facilitar el desarrollo del Programa PRO.CRE.AR dentro del ejido municipal a las que alude el Artículo 4º del Convenio de Colaboración, incluyendo la determinación, por el área que corresponda, de las normativas urbanísticas que resulte necesario aplicar a cada predio en el cual se materialice el Programa, requerirán aprobación del Concejo Deliberante.-

 

La adquisición, por cuenta y orden del Fondo Fiduciario Público PRO.CRE.AR,  de terrenos privados que sean convenidos entre el Departamento Ejecutivo y el Fondo Fiduciario, en el marco de las tasaciones realizadas a tal fin por el Tribunal de Tasaciones de la Nación, a los efectos de ser objeto de construcción de viviendas bajo el Programa PRO.CRE.AR., de conformidad con lo establecido en los Artículos 4º y 5º del Decreto P.E.N. nº 902/2012, deberá ser autorizada por el Concejo Deliberante.-

 

Las exenciones impositivas al Fideicomiso y a todo aquel documento, instrumento y/o acto relacionado con el desarrollo del PRO.CRE.AR, de cualquier tributo municipal que pudiera ser aplicable a la fecha de la presente y hasta la extinción del fideicomiso, deberán ser autorizadas por el Concejo Deliberante.-

 

Se autoriza al Departamento Ejecutivo a efectuar las adecuaciones operativas, contables, presupuestarias y administrativas necesarias a fin de poner en ejecución lo dispuesto en la presente.-

 

Se asigna el carácter de “Trámite Preferencial Urgente” a todos los expedientes iniciados a los efectos de la instrumentación del PRO.CRE.AR.-

 

El Departamento Ejecutivo Nacional mediante Decreto 902/2012 (B.O. 13/06/2012) crea el Fondo Fiduciario Publico denominado PROGRAMA CRÉDITO ARGENTINO DEL BICENTENARIO PARA LA VIVIENDA ÚNICA FAMILIAR PRO.CRE.AR, el que tiene como pilar fundamental la creación  de empleo y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población, a la vez que facilitar el acceso a la vivienda propia a todos los sectores sociales para subsanar la demanda que aún permanece insatisfecha, creando de esta forma las condiciones que permitan el ejercicio cierto del acceso a la vivienda digna reconocido por el Artículo 14 bis de la Constitución Nacional.

Se expresa en el expediente que la industria de la construcción, bien llamada “madre de todas las industrias” tiene un efecto multiplicador sobre todos los sectores productivos claves para la generación de empleo.

Las gestiones se inician en octubre de 2013 cuando el Intendente Municipal preocupado por la necesidad de propiciar oportunidades para los beneficiarios del PRO.CRE.AR, convoca a la Cámara Inmobiliaria, de la Construcción y Comercio; a los corralones de materiales y empresas de distintos rubros y servicios vinculados a la construcción a que brinden apoyo y elaboren  propuestas para poder dar respuestas a aquellas personas que necesitan lograr su vivienda.

La necesidad de tierra urbana o urbanizable apta para la puesta en marcha del Programa en función de la línea de créditos que financia tanto la construcción de la vivienda como la compra del terreno, hizo necesario acciones conjuntas entre el Programa y el Municipio, priorizando el rol regulador del Estado como forma de ponerle límite a las maniobras especulativas con las que se maneja el mercado inmobiliario. En tal sentido se solicitó al municipio que informe sobre la disponibilidad de tierra urbanizable apta para ser transferida a los beneficiarios del PRO.CRE.AR.  en virtud de contar el fideicomiso con fondos para realizar convenios específicos  que permitan la adquisición de dichos predios y el financiamiento de obras de infraestructura si fuera necesario.

En este contexto, a través de la Secretaría de Planificación y Desarrollo Sustentable y en virtud de  un primer relevamiento, se informa, el 24 de julio de 2014, sobre la existencia de tres fracciones de entre 68.000 m² y algo más de 72.000 m² cada una, aptas para el desarrollo urbanístico y que cuentan con la provisión de servicios básicos a distancias que encuadrarían las obras necesarias en torno a los montos que para las operaciones de crédito establece PRO.CRE.AR lote + servicios y que permitirían el desarrollo de una trama urbana acorde a los lineamientos que propicia el gobierno municipal . El 24 de septiembre el intendente municipal amplía la información y renueva el compromiso asumido reiterando su  voluntad de encargarse, por cuenta y orden del Fondo Fiduciario, de la realización de todas las acciones y obras necesarias para la subdivisión y transmisión dominial de los lotes resultantes a favor de los beneficiarios del PRO.CRE.AR .

 

 

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