Modificación de la Ordenanza 4166/01 identificación Taxis y Remises.

El Concejo Deliberante aprobó por unanimidad el proyecto, presentado por el Bloque del PVSS , de modificación de la  Ordenanza 4166/01 T.O. 2002: identificación taxis y remises.

 

Se incorpora  a la Ordenanza 4166/01 T.O. 2002 el Artículo 4º bis con la siguiente redacción:

 

ARTÍCULO 4º bis.- IDENTIFICACIÓN. La Dirección de Tránsito y Transporte asignará a cada vehículo afectado al servicio de taxi y remis un número de identificación, único e intransferible, el cual deberá ser pintado en el techo y en la puerta del conductor y del acompañante de cada automóvil respectivamente, según se detalla en los artículos 14 inc. e) y 31 inc. b) de la presente.

A los fines de su control, la Dirección de Tránsito y Transporte confeccionará un PADRÓN en el cual debe asentar el número identificatorio asignado a cada unidad, el nro. de licencia, los datos del conductor y de la agencia, si correspondiere, y los datos de la unidad afectada al servicio: patente, modelo y año del vehículo.

Este PADRÓN, así como sus actualizaciones,  debe ser notificado periódicamente a las Comisarías Nº 23, 43 y de la Mujer, Niñez y Adolescencia; a la División Tránsito S.M. Andes; al Juzgado Administrativo de Faltas; al Consejo de Prevención del Delito y al Concejo Deliberante.

 

Se incorpora un inciso e)   al Artículo 14, Capítulo II – vehículos, Título II – Taxis, de la Ordenanza 4166/01 T.O. 2002 con la siguiente redacción:

 

e- un número de identificación, único e intransferible, asignado por la Dirección de Tránsito y Transporte, el cual debe ser pintado en el techo y en las puertas del conductor y acompañante respectivamente, que  tendrá las siguientes características:

color: contrastante con el  de la carrocería

tipo: número de tres cifras                     

medidas:           en el techo, de 40 cm x40cm

                                        en las puertas, de 20 cm x 20 cm   

 

Se sustituye el Artículo 31 del  Capítulo II – Los vehículos, Título VI – Servicio Público de Remis, de la Ordenanza 4166/01 T.O. 2002 con la siguiente redacción:

 

ARTÍCULO 31 – IDENTIFICACIÓN. El vehículo debe contar:

  1. a.                     En su interior y a la vista del pasajero, con una tarjeta  de identificación, donde se consigne el número de habilitación, y datos personales del titular y del o los auxiliares si correspondiera, y de la agencia; y
  2. b.                     en su exterior, un número de identificación, único e intransferible, asignado por la Dirección de Tránsito y Transporte, el cual debe ser pintado en el techo y en las puertas del conductor y acompañante respectivamente, que  tendrá las siguientes características:

          color: contrastante con el  de la carrocería

          tipo: número de tres cifras                     

          medidas:           en el techo, de 40 cm x40cm

                                       en las puertas, de 20 cm x 20 cm   

 

 

Se encomienda a la Dirección de Tránsito y Transporte la inmediata notificación de la presente a los licenciatarios de taxis y remises de nuestra ciudad.-

 

La presente ordenanza entrará en vigencia el 10 de marzo de 2015.-

 

 

El servicio público de taxis y remises está regulado en los Títulos II y V de la Ordenanza 4166/ 01 (Texto Ordenado por Ordenanza 4771/02). Allí se establecen los requisitos para la identificación de las unidades afectadas al servicio.

 

A instancias de la presentación del Bloque del PVSS, se consideró un proyecto  que propone incorporar un sistema único e intransferible de identificación de las unidades afectadas al servicio público de taxi y remis, a las ya vigentes. El mismo consiste en proveer un sistema identificatorio que pueda ser captado por las cámaras de seguridad existentes en nuestra localidad, que realizan la toma aérea de los vehículos, ya que estas no pueden detectar con certeza el número de patente del vehículo.

 

Esta propuesta, según se plantea en el expediente, generará más seguridad tanto a los conductores de estos vehículos, como a los pasajeros que los utilizan.

 

El proyecto, por otra parte, genera la obligación de la Dirección de Tránsito y Transporte, como autoridad de aplicación de la ordenanza,  de elaborar un padrón que contenga el número identificatorio de cada unidad, el nro. de licencia, los datos del conductor y de la agencia, si correspondiere, y los datos de la unidad afectada al servicio: patente, modelo y año del vehículo. Este PADRÓN, así como sus actualizaciones,  deberá ser notificado a las Comisarías Nº 23, 43 y de la Mujer, Niñez y Adolescencia; a la División Tránsito S.M. Andes;  al Juzgado Administrativo de Faltas; al Consejo de Prevención del Delito y al Concejo Deliberante.

 

La Comisión de Tránsito y Transporte solicitó opinión al Director de Tránsito y Transporte, quien efectuó sugerencias, las que fueron agregadas al proyecto original.

 

El Artículo 52 de la Ordenanza 4166/01 establece que …”cuando se  comprobare la falta de los elementos de identificación (logos) del servicio de taxi y/o remise, o la identificación por medios que no sean los expresamente permitidos por las normas vigentes, o la existencia de los mismos en condiciones deficientes, el inspector actuante intimará al licenciatario a que en un plazo de hasta cinco días hábiles, coloque los elementos correspondientes. Ante el incumplimiento de la intimación, se procederá a aplicar una multa de 50 a 500 puntos e inhabilitación hasta tanto dé cumplimiento a la colocación de los mismos.”

 

 

 

 

You must be logged in to post a comment.