Aprobaron proyecto de Comunicación instando a que intensifiquen los controles en locales de esparcimiento nocturno.

El Concejo Deliberante aprobó por unanimidad, el proyecto  de comunicación presentado por el Concejal Evaristo González del  Bloque UCR , instando  al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de las Direcciones correspondientes de la Secretaría de Economía y Hacienda, en el transcurso de la temporada invernal, se intensifiquen los controles en todos los locales de esparcimiento nocturno, y especialmente en aquellos que acogiéndose a los alcances del Programa de Establecimientos de Promoción Cultural, creado por Ordenanza 9491/12, incumplen sistemáticamente  los horarios que la norma establece, convirtiéndose en salones de baile, generando situaciones no deseadas y que son de público conocimiento.-

A fin de evitar situaciones de malestar o de agresión hacia los agentes municipales, que pudieran generarse en oportunidad de la realización de las inspecciones, impidiendo o perturbando  su accionar, se solicita  como garantía del mismo,  el acompañamiento de personal policial.-

 

El día 30 de junio del 2015, se mantuvo una reunión con integrantes de la Junta Vecinal del Centro, los cuales entre los múltiples problemas que plantean, pusieron de manifiesto una problemática que no es nueva en nuestra comunidad, sino por el contrario es una situación que se viene agudizando con el paso del tiempo, en parte debido a la intencionalidad sistemática de incumplir la norma vigente, o de “utilizarla” como herramienta para realizar actividades que no podrían desarrollar de manera normal, pero también es atribuible a la falta de controles por parte del Departamento Ejecutivo Municipal.

Mediante Ordenanza 9491/12 se creó el Programa de Establecimientos de Promoción Cultural cuya finalidad es alentar la existencia de múltiples espacios en donde la diversidad de expresiones artísticas tales como shows en vivo de cualquier tipo de música, recitales de poesías, muestra de danza, actuación, presentación de libros, exposiciones fotográficas, artesanías objetos de arte y toda otra actividad asimilable a criterio de la autoridad de aplicación, pudieran desarrollarse en una amplísima gama de establecimientos tales como: “gastronómicos, turísticos, de esparcimiento, comercios, galerías comerciales, o en instituciones y entidades como: escuelas, clubes, hospitales, asilos, ONG, comedores comunitarios, cooperativas de trabajo, etc., dentro del marco regulatorio de la Ordenanza y fundamentalmente, dentro de un horario que no perturbe el descanso de los vecinos.

La experiencia de los vecinos y visitantes de la ciudad, nos vienen alertando respecto al mal uso que algunos titulares de licencias comerciales hacen del espacio creado por la norma referida precedentemente; en particular y esto sin duda debido a la falta de presencia municipal, en cuanto a los horarios en que se desarrollan las actividades. Esto surge de la infinidad de quejas que han quedado por escrito en distintos alojamientos turísticos ubicados en inmediaciones de locales de gastronomía, a los cuales los visitantes se refieren como: locales bailables, discotecas, boliche, disco, bailongo, que emiten música a un volumen tal, que hace temblar las paredes, hasta las 06.00 hs.

Cabe destacar que el número de establecimientos que se han inscripto en el registro creado por Ordenanza 9491/12 no es significativo, consecuentemente no debería ser un impedimento o excusa, la cantidad de locales a inspeccionar para que no se pueda desarrollar la tarea en forma eficiente, en el horario que corresponda. Por otra parte, quien debe realizar la tarea de fiscalización, la Dirección de Bromatología, cuenta con tres Jefaturas y cuatro agentes inspectores, los cuales además de percibir horas extras, perciben adicionales; por función de inspectoría, guardias pasivas y turnos rotativos.

Por lo expuesto y con el convencimiento de que si no se actúa de manera inmediata la situación actual podría a llegar a limites mayores, es que se pone el proyecto de Comunicación  a consideración del Cuerpo, con el sólo objeto de que el Departamento Ejecutivo Municipal lleve adelante los controles que corresponden, y que a tal fin cuente con acompañamiento de personal policial para garantizar su accionar.-

                           

 

 

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