Se aprobó la ordenanza de creación de la Mesa Intercultural.

En la sesión de jueves3 , el Concejo Deliberante  aprobó por mayoría , con el voto negativo del Concejal  Alberto Bruno, la ordenanza de la creación de la Mesa Intercultural con su Anexo. La norma fue aprobada  en  general y en particular. Cuando se hizo la votación en particular  el Concejal Evaristo  González voto en negativo el  Artículo 5.

ARTÍCULO 1º.- Objeto. Créase la Mesa Intercultural, la que tendrá por objeto construir en forma conjunta un “Protocolo Intercultural”, el que tendrá por finalidad interpretar el alcance de la legislación vigente, las costumbres y cultura de los Pueblos Originarios y, a partir de allí, elaborar y/o modificar normas jurídicas con carácter intercultural.-

 

ARTÍCULO 2º.- Composición. La Mesa Intercultural será conformada por las siguientes personas:

  1. Un (1) representante por cada uno de los Bloques del Concejo Deliberante;
  2. Dos (2) representantes de las autoridades designadas por las comunidades que están dentro del ejido municipal,
  3. Dos (2) representantes del Departamento Ejecutivo Municipal, los que deberán ser elegidos entre los Secretarios Municipales.-

ARTÍCULO 3º.- Facultades.

  1. 1.   Todos los temas relacionados al Pueblo Mapuche deberán ser tratados en la Mesa Intercultural.
  2. La Mesa Intercultural podrá invitar – según lo crea conveniente- a distintas Instituciones, Organizaciones Sociales y/o Personas que tengan antecedentes en la construcción de la interculturalidad para que brinden su asesoramiento, aporte y consulta, en procura de arribar a un Protocolo Intercultural que satisfaga a todos los sectores.-

ARTÍCULO 4º.- Reuniones. La Mesa Intercultural se reunirá una vez por semana. La participación será acotada a los integrantes señalados en el Artículo 2º. Asimismo, toda modificación en el día u horario será notificada por la Coordinación de la Mesa, con una anticipación de 48 hs.-

ARTICULO 5º.- Las Partes integrantes de la Mesa Intercultural deberán garantizar su funcionamiento operativo, afectando los recursos presupuestarios y/o cualquier otra forma necesaria para cumplir con la finalidad de la misma, todo ello en el marco de la Constitución Nacional.

 

ARTÍCULO 6º.- La Mesa Intercultural se regirá por su propio Reglamento de funcionamiento,  el cual obra como Anexo I de la presente.-

 

ARTÍCULO 7º.- DERÓGASE la Ordenanza 10150/14.-

 

 

ANEXO I

 

REUNION MESA INTERCULTURAL

ARTÍCULO 1°.- QUORUM FUNCIONAMIENTO.

La Mesa Intercultural dará inicio a sus reuniones una vez alcanzada la mayoría absoluta de los miembros de cada uno de los integrantes de la misma. Esto es, para el caso de las Comunidades Mapuches, se requerirá la presencia de la mitad más uno de las autoridades que representen a las comunidades que están dentro del ejido municipal, con asiento en el Departamento Lacar, que integran el Pueblo Mapuche; del Concejo Deliberante se requerirá la mitad más uno de los concejales que representan a los distintos bloques parlamentarios; y para el Poder Ejecutivo Municipal, bastará la presencia de uno (1) de los representantes.

Si transcurridos treinta (30) minutos de la hora fijada, no se reúne el quórum para funcionar, la reunión no se realizará.

ARTÍCULO 2°.- QUORUM PARA DECISIONES.

En el marco de la Interculturalidad, las decisiones deberán adoptarse en primera instancia a través del CONSENSO de todos los integrantes de la misma.

Cuando no fuere posible el consenso, las decisiones se someterán a un esquema y distribución de votación, la que será de la siguiente forma:

a)    Las Comunidades Mapuches deberán encontrar el consenso necesario y su opinión tendrá una validez de (3) tres Votos.

b)   El Concejo Deliberante, a través de sus representantes pondrá la decisión a votación interna por dictamen de mayoría y minoría o unanimidad, la que se resolverá por mayoría absoluta. La decisión mayoritaria tendrá una validez de (2) dos votos.

c)    El Departamento Ejecutivo tendrá en sus decisiones una validez de (1) un voto.

ARTICULO 3°.- Cuando de la votación se desprenda una paridad, la Mesa Intercultural deberá –nuevamente- encontrar los canales necesarios para reformular las peticiones y llegar al consenso de todos los representantes.

ARTÍCULO 4º .- Los PRONUNCIAMIENTOS que la Mesa INTERCULTURAL  elabore serán realizados desde el reconocimiento a la preexistencia étnica y cultural del Pueblo Mapuche, el respeto por la conservación de sus valores tradicionales, en apoyo a su desarrollo y garantizando sus derechos conforme a lo dispuesto por el Convenio 169 de la OIT, la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas, el Artículo 75 Inciso 17 de la Constitución Nacional, Artículo 53 Capítulo III de la Constitución Provincial y el expreso reconocimiento que sobre estos preceptos realiza la Carta Orgánica Municipal.

 

ARTÍCULO 5º.- RESOLUCIONES INTERCULTURALES.

La MESA INTERCULTURAL se pronunciará solamente a través de Resoluciones Interculturales

ARTÍCULO 6°.- TIPOS DE RESOLUCIONES INTERCULTURALES.

Las Resoluciones Interculturales se dividen en:

a)     Resoluciones Interculturales Normativas.

b)     Resoluciones Interculturales Declarativas.

c)     Resoluciones Interculturales Reglamentativas.

d)     Resoluciones Interculturales Comunicativas.

Las Resoluciones Interculturales Normativas deberán ser giradas a la Presidencia del Concejo Deliberante para su tratamiento en la Comisión de Labor Parlamentaria.

ARTÍCULO 7°.- COORDINACION DE LA MESA INTERCULTURAL.

La coordinación de la Mesa Intercultural estará a cargo de dos (2) integrantes: uno (1) en representación de las Comunidades Mapuches y el otro en representación del Departamento Ejecutivo y del Concejo Deliberante. Esta coordinación será rotativa, modificándose sus integrantes cada seis (6) meses, a propuesta de su respectivo sector.

ARTÍCULO 8°.- FUNCIONES DE LA COORDINACION.

Las funciones de la Coordinación son las siguientes:

a)    Nombrar a los presentes y otorgar la palabra;

b)    Moderar y organizar los debates;

c)     Confeccionar el orden del día en consenso con el resto de la mesa;

d)    Presentar a la mesa a los invitados y/o leer los aportes que lleguen externos;

e)    Labrar las actas de cada reunión y dar lectura de las mismas en el encuentro siguiente;

f)     Hacer circular notas, aportes y material de consulta a los integrantes de la Mesa; y

g)    Comunicar a los integrantes de la Mesa toda modificación de los días u horarios de reunión.

A los fines que fueren necesarios, la Coordinación contará con la asistencia de un secretario/a.-

En la sesión , estuvo presente el Lonco Ariel Epulef quién agradeció a los Concejales que aprobaron la ordenanza por el trabajo realizado y también al Concejal Bruno que no la aprobó  porque respeta su postura  ya que fue siempre coherente.

Los Concejales que participan de la Mesa ,  manifestaron el  gran trabajo realizado y el tiempo que llevó el análisis del proyecto  y aclararon que si bien participan siempre los mismos, se pudo llegar al consenso para aprobar esta norma.

 

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