Aprobaron proyecto sobre uso de baños públicos, privados y comerciales para personas con enfermedad de Crohn.

El Concejo Deliberante aprobó por unanimidad el proyecto de Ordenanza presentado por los Concejales de los  Bloques del MPN-MID por el cual el Departamento Ejecutivo Municipal deberá establecer que organismos públicos, privados y comercios gastronómicos, permitan el ingreso a sanitarios a personas que padezcan Enfermedad Intestinal Inflamatoria, ya sea Colitis Ulcerosa o Enfermedad de Crohn, debidamente certificada en credencial identificatoria realizada por médicos gastroenterólogos que desarrollan funciones en FUNDECCU ARGENTINA que incluya dicho diagnóstico.-

REQUERIR, a través de la Dirección de Transito y Transporte, a la Empresa de Transporte Urbano de Pasajeros EXPRESO LOS ANDES que con la presentación de dicha credencial que acredita la patología expuesta, tales pacientes puedan utilizar los asientos de prioridad si lo requieren, debido a que permanecer sentado puede evitar la incontinencia.-

 

Los Organismos Públicos y Privados de la Provincia  deberán dar atención en orden prioritario en cajas de cobro y lugares donde se realicen tramites en general, debido a que no resulta recomendable la permanencia de dichas personas en lugares concurridos, principalmente en época de frío, ya que al usar medicación que disminuyen las defensas se exponen a infecciones de vías respiratorias.-

 

PROMOVER a través de la Secretaria de Cultura, Educación y Deportes y Subsecretaria de Discapacidad la difusión y concientización de tal patología clínica, de manera de lograr que las personas con Colitis Ulcerosa y Enfermedad de Crohn no tengan temor de salir de sus casas y se sientan cuidados, protegidos y acompañados por la sociedad y las autoridades y no necesiten aislarse por meses.-

 

CONVALIDAR a través de la Subsecretaria de Discapacidad la Credencial Identificatoria para ser utilizada en los diferentes organismos públicos provinciales, municipales y comercios gastronómicos en general, cuyo modelo se adjunta como Anexo I, y que forma parte de la presente Ordenanza.-:

 

La existencia de normativas internas de cada organismo público y privado o comercio de NO permitir la utilización de sanitarios a aquellas personas que no desarrollan tareas en el lugar o no realizan consumición en caso de tratarse de comercios ligados al rubro gastronómico, sumado a la existencia de un porcentaje de población que presenta enfermedad Intestinal Inflamatoria, como colitis ulcerosa o enfermedad de Crohn, los cuales al presentar tales episodios de dicha enfermedad deben utilizar de manera inmediata tal servicio.-

 

Las variantes de dicha enfermedad a saber colitis ulcerosa y enfermedad de Crohn son entidades con diferencias importantes pero similitudes, que en algunos casos hacen imposible la diferenciación entre ambas.-

 

La colitis ulcerosa y la enfermedad de crohn son enfermedades que afectan principalmente a personas entre los 15 y 35 (quince y treinta y cinco) años de edad, teniendo una tasa de incidencia baja de 15 casos cada 100.000 (cien mil) personas.-

 

La enfermedad intestinal inflamatoria es una enfermedad genética autoinmune, que por el momento no tiene cura, pero si un adecuado control a través de un tratamiento médico oportuno, tiene un impacto social, laboral, sexual, familiar muy elevado por lo que requiere el abordaje de un equipo de profesionales de la salud con experiencia en esta dolencia.-

 

Esta enfermedad tiene un impacto negativo en la vida diaria de las personas que la padecen y ocasiona ausentismo laboral, pérdida de ciclos lectivos e imposibilidad de realizar una vida social normal.-

 

Los síntomas de la enfermedad son  diarreas con urgencias que impiden contener la necesidad imperiosa de evacuar, lo cual calma el dolor abdominal intenso. Se caracteriza por dolores articulares, adelgazamiento, cansancio y anemias frecuentes, siendo estos síntomas intermitentes, es decir se producen en periodos llamados brotes y calman por tiempo variable.-

 

La dinámica diaria de un paciente con esta problemática requiere internaciones entre una a tres veces por año, medicación permanente, estudios invasivos y restricciones alimentarias, entre otros.-

 

Existe  la Organización sin fines de lucro, denominada FUNDECCU Argentina, la cual se encuentra coordinada por un equipo interdisciplinario de profesionales de la salud que trabaja mancomunadamente en beneficio de la persona con enfermedad intestinal inflamatoria y su grupo familiar y social.-

 

De acuerdo a lo expuesto y a la necesidad de mejorar la calidad de vida de aquellos vecinos que sufren este tipo de enfermedades, solicitamos a los concejales el acompañamiento con el presente proyecto.

 

En la sesión estuvo presente la mamá de una chica que padece la enfermedad y agradeció a todo el cuerpo por la aprobación de la Ordenanza y destacó que es un gran paso  el que se dio , que es el 1º municipio de la provincia que se está ocupando de ayudar con estas ordenanzas a que el tema se conozca.

 

 

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