OBLIGATORIEDAD DE SANITARIO PARA AMBOS SEXOS EN LICENCIAS COMERCIALES

OBLIGATORIEDAD DE SANITARIO PARA AMBOS SEXOS EN LICENCIAS COMERCIALES

El Concejo Deliberante de San Martín de los Andes informa que se encuentra en vigencia la ordenanza 12.171. La misma en su artículo 2º, establece la obligatoriedad de contar con sanitarios para ambos sexos destinados al uso de los clientes, en los locales afectados a los siguientes rubros comerciales y/o prestación de servicios:

  1. Locales comerciales del rubro gastronómico, ya sea comidas y/o bebidas, en los que se produzca consumo interno de los mismos; 
    2. Edificios donde funcionen organismos públicos, nacionales, provinciales o municipales, en los que los clientes y usuarios deban permanecer en espera para ser atendidos; 
    3. Establecimientos de uso comercial, en los que se desarrollen actividades aeróbicas, de musculación, natatorios, estética corporal, peluquerías, pilates, crossfit, artes marciales y toda otra actividad asimilable a éstas; 
    4. Institutos de enseñanza de idiomas y artes, con licencia comercial otorgada por la municipalidad; y 
    5. Salas de exposición, cines, teatros y otras actividades asimilables a ésta.

Por ello se comunica que al momento de efectuar la renovación de las licencias comerciales de los mencionados rubros, los locales comerciales deberán cumplir con lo señalado en la normativa.

Cabe recordar que la ordenanza 12.171 fue aprobada en Sesión Ordinaria Nº 30 de fecha 13 de diciembre de 2018 y publicada en el Boletín Oficial 584, del 11 de enero de 2019.

Desde ya agradecemos su atención.

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