Sesión Ordinaria nº 13/2023

La decimotercera sesión ordinaria del 2023 se realizó con la presencia de la totalidad de los concejales.

En la misma se aprobaron el proyecto de comunicación en el que se manifiesta la necesidad de que se incorpore al sistema la prestación de servicios de apoyo a la vida independiente, establecido por la Ley 24.901, la declaración de Interés Municipal de la Conferencia “Sobrevivir, 29 años después”, la ratificación del Acta Acuerdo de Articulación suscripta con la E.P.E.T. N° 12, la aceptación de un aporte económico con carácter de subsidio realizado por el Ministerio de Cultura de la Nación, la designación con el nombre de Barrio Los Manzanos a la fracción sud este de la Chacra 28 y a su vez,  los nombres de las calles internas que conforman el loteo, el otorgamiento del uso de la “Banca del Vecino” a la Sra. Gladys Noemí EPULEF y finalmente el rechazo al acuerdo suscripto entre el Municipio y el Ministerio de Salud de la Provincia del Neuquén para el uso de parte de las instalaciones del viejo hospital.

En el inicio de la sesión las vecinas Sras. Yamila Mitra, María Federica Horton y
Sharon Rua, expusieron sobre las diferentes problemáticas que posee el loteo “Las Nalcas” en el espacio “Banca del Vecino”.

“Los problemas por los que venimos son básicamente 2, son de infraestructura…….. el primero es el ingreso de agua al barrio, ya hemos tenido situaciones de inundación, una fue mi casa…..hay deslaves que han dejado expuestas ciertas partes importantes del barrio y la segunda que en este momento nos afecta muchísimo que es la falta de accesos, no podemos entrar ni salir en época invernal y quedamos como atrapados” manifestaron las vecinas.

Presentación de las vecinas

Audio completo de la Banca del Vecino

La segunda Banca del vecino fue utilizada por la Sra. Erica Sayhueque para exponer sobre la falta de avance de las obras anunciadas por el Municipio y el IPVU en el barrio 85 viviendas.

“Hace 5 meses que ocurrió el alud, el deslave en el barrio, donde estuvieron en riesgo la vida de vecinos y vecinas, siendo no la primera vez que sucede algo de este estilo en el barrio y han pasado cinco meses y todavía no tenemos respuestas concretas por parte del municipio ni por parte del ADUS ya que no cuenta con los fondos suficientes para comenzar las obras. Nuestro pedido y nuestra presencia aquí también es para pedirles que uds. como Concejo Deliberante, como ente regulador, puedan solicitar al municipio, al ejecutivo, y también hacia el IPVU los avances de las obras, en que estado estamos, si se realizó el plan de emergencia, que se realizó de ese plan de emergencia, que es lo que falta porque ya se nos agotaron las puertas…” manifestó la vecina.

Audio completo Banca del Vecino

Se aprobó el  proyecto de Comunicación que tiene por objeto solicitar a la Agencia Nacional de Discapacidad, a través del Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad, la necesidad de que se incorpore al sistema la prestación de servicios de apoyo a la vida independiente, establecido por la Ley 24.901.

Esta ley instituye un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad, contemplando acciones de prevención, asistencia, promoción y protección, con el objeto de brindarles una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos.             

En ese sentido, la regulación de los servicios de asistencia personal para personas con discapacidad busca garantizar el derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad, tal lo previsto en el artículo 19 de la Convención sobre los Derechos de Personas con Discapacidad (CDPD), asegurando el acceso a  apoyos adecuados que promuevan su autonomía, mejoren su calidad de vida y  garanticen el ejercicio de sus derechos conforme su voluntad y preferencias.

La propuesta, dentro de la reglamentación del artículo 19 de la Ley 24.901, busca ofrecer opciones flexibles que puedan ajustarse a las necesidades y preferencias de las personas con discapacidad garantizando al mismo tiempo que los y las trabajadores implicados en los servicios trabajen conforme las recomendaciones de la OIT para el trabajo decente, incluido el ingreso justo, la seguridad en el lugar de  trabajo y la protección social. Se propone también una nueva figura de alojamiento, la Vivienda con Apoyos que se suman a las figuras vigentes en la ley como de hogar, residencia y pequeño hogar.

Vivir de forma independiente significa que las personas con discapacidad cuenten con todos los medios necesarios para que puedan tomar opciones y ejercer el control sobre sus vidas, y adoptar todas las decisiones que las afecten.

El derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad se  encuentra reconocido en el artículo 19 de la Convención sobre los Derechos de  las Personas con Discapacidad (CDPD), que entre otras cuestiones establece  el deber del Estado de asegurar que “las personas con discapacidad tengan  acceso a una variedad de servicios de asistencia domiciliaria, residencial y  otros servicios de apoyo de la comunidad, incluida la asistencia personal que  sea necesaria para facilitar su existencia y su inclusión en la comunidad y para  evitar su aislamiento o separación de ésta”. 

En virtud de esta obligación, el Comité DPD ha exhortado al Estado a  “reglamentar la Ley 26.480 del asistente domiciliario y garantizar la  disponibilidad de apoyos para la vida independiente para las personas  con discapacidad en el marco de la Convención, incluyendo viviendas  accesibles y asequibles, la asistencia personal, servicios a domicilio y el  acceso a los servicios en la comunidad;” y también a “armonizar su  legislación y políticas públicas de discapacidad a nivel federal, provincial  y local con la Convención, incluyendo la aprobación de una nueva ley sobre  los derechos de las personas con discapacidad alineada con el modelo de  derechos humanos, así? como la reforma de la normativa sobre prestaciones  básicas en habilitación y rehabilitación integral para las personas con  discapacidady el sistema de certificación de la discapacidad;

Teniendo presente esto, resaltamos que la propuesta es incorporar los servicios de apoyo a la vida independiente a la ley 24.901, Sistema de Prestaciones Básicas en Habilitación y Rehabilitación Integral a favor de las Personas con Discapacidad (SPB), lo que significa que la persona con discapacidad que solicite los servicios deberá estar afiliada o estar cubierta por una obra social obligada por esta ley y contar con CUD.

Esta incorporación no exige una reforma legal por parte del Congreso Nacional, toda vez que el artículo 19 de la citada norma, dispone que “Los servicios específicos desarrollados en el presente capítulo al solo efecto enunciativo,  integrarán las prestaciones básicas que deberán brindarse a favor de las  personas con discapacidad…, pudiendo ser ampliados y modificados  por la reglamentación. La reglamentación establecerá los alcances y características específicas de estas prestaciones.”

Es por ello, que se propone la incorporación de las nuevas figuras a través de un acta del Directorio del SPB (Decreto N° 1193/98) y una resolución que actualice el Nomenclador de Prestaciones Básicas (Resolución N° 428/99 y sus actualizaciones).

Estas nuevas figuras son:

  • Asistencia personal
  • Servicios de apoyo a la vida independiente con asistente personal
  • Vivienda con apoyos

Los servicios de asistencia personal, siguiendo las observaciones del Comité de los Derechos de las Personas con Discapacidad, son definidos como el apoyo humano dirigido por el interesado o el “usuario” que se pone a  disposición de una persona con discapacidad como un instrumento para  permitir la vida independiente. Se diferencia de otros tipos de ayuda personal porque:

  • La financiación de la asistencia personal debe proporcionarse sobre la base de criterios personalizados y tener en cuenta las normas de derechos humanos para un empleo digno. Debe estar controlada por la persona con discapacidad y serle asignada a ella para que pague cualquier asistencia que necesite.
  • El servicio esta? controlado por la persona con discapacidad, lo que significa que puede contratar servicios entre una serie de proveedores o actuar como empleador. Las personas con discapacidad pueden personalizar su servicio, es decir, planearlo y decidir por quién, cómo, cuándo, dónde y de que? manera se presta, así como dar instrucciones y dirigir a las personas que los presten.
  • Este tipo de asistencia es una relación personal. Los asistentes personales deben ser contratados, capacitados y supervisados por las personas que reciban la asistencia, y no deben ser “compartidos” sin el  consentimiento pleno y libre de cada una de estas personas.
  • La autogestión de la prestación de los servicios. Las personas con discapacidad que requieran asistencia personal pueden elegir libremente el grado de control personal a ejercer sobre la prestación del  servicio en función de sus circunstancias vitales y sus preferencias.  Aunque otra entidad desempeñe la función de “empleador”, la persona con discapacidad sigue detentando siempre el poder de decisión respecto de la asistencia, es a quien debe preguntarse y cuyas preferencias individuales deben respetarse. El control de la asistencia personal puede ejercerse mediante el apoyo para la adopción de decisiones.

Es importante destacar como antecedente, la Ley 26.480, que incorporó en el año 2009 la asistencia domiciliaria al SPB (ley 24901, art. 39.d). No obstante, la regulación propuesta no se adecua a las exigencias de la CDPD, ya que no le permite a la persona con discapacidad tener el control de la asistencia.  Además, el artículo no fue reglamentado, lo que es esgrimido por las obras sociales para negar la prestación, obstaculizando el acceso a la misma.

Además, destacar que en nuestra ciudad se realizó el I Encuentro Iberoamericano sobre vida independiente en personas con discapacidad, los días 28, 29 Y 30 de abril de 2023, con el objetivo de debatir y consensuar. Este evento fue declarado de Interés Municipal, por este Cuerpo mediante la Declaración CD N° 09/23. Las propuestas que se plantearos son:

  • Contar con los actuales centros o servicios dedicados a la atención personas con discapacidad intelectual adulta como una excelente plataforma para proveer y desarrollar servicios o centros de recursos y apoyos que promuevan la vida independiente.
  • Crear el módulo prestacional como servicio de apoyo a la vida independiente.
  • Disponer de financiamiento para crear centros de vida independiente, gestionados y manejados por personas con discapacidad. Todos estos sistemas de apoyos deben ser elegidos y manejados por las personas con discapacidad y que estén bajo control de cada usuario (como en otros lugares del mundo).
  • No se requiere cambiar la Ley n°24.901 ni crear una nueva ley, ya que, en la ley mencionada, en el capítulo 5, artículo 19 se menciona que las prestaciones enunciadas son solo a título enunciativo, pudiendo ser ampliados y modificados por dicha reglamentación.
  • Las personas con discapacidad deben acceder al empleo como garante del acceso a recursos.
  • Garantizar el acceso a la vivienda para propiciar la vida independiente, en cumplimiento de la Ley 26.182 que establece un cupo preferente del 5% destinado a personas con discapacidad en los planes de adjudicación o mejoramiento de viviendas que se ejecuten en el Fondo Nacional de Vivienda.
  • Generar instancias de intercambios presenciales y virtuales de usuarios que permitan construir un colectivo de personas con discapacidad intelectual que reflexione acerca de sus deseos y necesidades y que les permita hacer oír su voz. Se requiere para esto financiamiento estatal que garantice la participación federal.
  • Sistematizar los proyectos de vida independientes de distintos lugares de nuestro país que ya están en funcionamientos y otros por venir, para generar evidencia científica, y producción de conocimiento que esté disponible para poder generar nuevas experiencias, y tener la posibilidad de incidir en las políticas públicas con datos concretos siempre desde una perspectiva de derechos.

En conclusión, el Estado y las organizaciones del tercer sector tenemos que trabajar juntos para garantizar un derecho fundamental: La Vida Independiente. No se puede seguir esperando, la vida de las personas es hoy.

Adhieren: ADEEI, APEBI, ASDRA, Asociación Azul, Asociación Ideharcelas, CAIDIS, Creciendo con los Ángeles, FEDEDIS, Fundación Ark Ho, Fundación Caminos, Fundación Nano, FUNDAL, Fundación Solar de Integración, Fundación Nosotros, Granja Andar, HODIF, Puentes de Luz, Senderos del Sembrador, Taller protegido de producción Villa Gobernador Gálvez, VITRA.

Video de Puentes de Luz

Se rechazó, en todos sus términos, el  Convenio de Comodato de Uso suscripto el 20 de diciembre del año 2022 con el Ministerio de Salud de la Provincia del Neuquén.

El mencionado Convenio fue suscripto en el marco de las atribuciones del Intendente Municipal, de acuerdo a lo establecido por la Carta Orgánica Municipal, Artículo 72, inciso 11)  “Concluir y firmar convenios y acuerdos interjurisdiccionales con entes públicos o privados nacionales, provinciales, municipales y extranjeros y con organismos internacionales, así como aquellos conducentes a formar regiones con municipios y provincias, con la aprobación del Concejo Deliberante.”

Por otro lado, la Carta Orgánica Municipal, (Artículo 45, inciso 30) establece que es atribución del Concejo Deliberante, “Ratificar o rechazar los convenios celebrados por el Intendente Municipal con organismos internacionales, nacionales, regionales, provinciales, municipales o comunales, públicos o privados.”

El objeto del Convenio es la cesión a favor de la Municipalidad, en comodato de uso gratuito y por el término de 99 años, parte de las instalaciones del Ex Hospital Ramón Carrillo, quincho y consultorios externos para el funcionamiento de oficinas y dependencias de la Municipalidad.

La primera observación realizada por el pleno del Cuerpo es la dilación respecto al envío del Comodato para el tratamiento por parte del Concejo Deliberante, en virtud de que dicho Comodato fue suscripto por el Intendente en el mes de diciembre de 2022 y recién fue ingresado al Concejo Deliberante el 9 de junio de este año.

Más allá de la formalidad en cuanto a la remisión del Comodato, la totalidad de los ediles no acuerda con el fondo del Convenio ya que significa, por un lado, la transformación de un espacio que era utilizado por toda la comunidad a un espacio para albergar oficinas municipales;  y por otro lado, implica la sobrecarga del casco céntrico con más dependencias estatales con el consecuente impacto en la falta de estacionamiento y problemas de circulación.

Asimismo, entre los argumentos vertidos para trasladar las dependencias de la Secretaría de Planificación y Desarrollo Sustentable desde el Ex Hotel Sol al Ex Hospital, se afirma que las deficiencias edilicias del emplazamiento actual de la Secretaría, entre las que se mencionan la provisión de agua, la ventilación, la calefacción, filtraciones de agua y seguridad, siempre han sido atendidas pero por el estado general del edificio siempre surgen nuevas o recurrentes dificultades para atender el normal desarrollo de las tareas; por lo que se infiere que esas deficiencias no serán más atendidas quedando el Ex Hotel Sol sin mantenimiento, y por otro lado, la mudanza se realiza a otro edificio de gran antigüedad, cabe preguntarse si esos problemas no se repetirán en la nueva locación, siendo que solo se trasladaría un sector de empleados (planeamiento) y los problemas esgrimidos continuarían vigentes para otras áreas, incluso para los talleres para niños, niñas y adolescentes que allí funcionan.

El Concejo Deliberante ha recibido en los últimos meses numerosos reclamos por la falta de espacio para el desarrollo de actividades y el acompañamiento de vecinos y vecinas que transitan, principalmente, problemas de salud física y mental, por lo que a juicio de este Cuerpo resulta desatinada la conversión de espacios concebidos y adaptados para atender a la comunidad en general en oficinas.

Por otra parte se ratificó el Acta Acuerdo de Articulación suscripta por el municipio con la E.P.E.T. N° 12 “Ing. Juan Carlos Fontanive”.

Mediante la misma, ambas instituciones  acuerdan implementar articuladamente el proyecto de desarrollo y confección de un descensor de ataúd, con destino al Cementerio Municipal. Asimismo,  se  contempla la transmisión de conocimientos, el fortalecimiento de destrezas y la planificación de acciones en el marco del proyecto pedagógico institucional.

Se declaró de Interés Municipal la Conferencia “Sobrevivir, 29 años después”, a desarrollarse el 18 de julio de 2023 a las 18.30 hs., en el salón de la Comunidad Hebrea de San Martín de los Andes, sita en calle Rohde 775 de nuestra localidad.-

La misma se da en el marco de un nuevo aniversario del atentado terrorista contra la AMIA, perpetrado el día 18 de julio de 1994 y contará con la disertación del Sr. Alejandro Mirochnik, sobreviviente del atentado.

En dicha disertación, el Sr. Mirochnik relata su experiencia como sobreviviente de la explosión en la Mutual Judía sita en el edificio de Pasteur 633 de la Ciudad de Buenos Aires, donde trabajaba. Allí, quedó atrapado en uno de los ascensores durante nueve horas, para ser finalmente rescatado, con la ayuda de las  personas que se presentaron espontáneamente a colaborar, ante tremenda tragedia que conmocionó a todo el pueblo argentino.

Cabe mencionar que el Vaad Hakehilot de AMIA (Federación de comunidades judías de la Argentina)  organiza estas actividades desde hace cuatro años, con el objetivo de realizar un ejercicio activo de memoria y la búsqueda por la verdad y la justicia para todas las víctimas y los sobrevivientes de la tragedia; que sigue siendo una deuda pendiente que la sociedad argentina debe saldar aún y que nos interpela a todos.

Asimismo, constituye un reconocimiento a la historia de superación personal de uno de los afectados directos que, tras enfrentar serias lesiones,  pudo recuperarse para continuar con su vida, cumplir con sus sueños y seguir prestando su invaluable contribución a la sociedad como director de una escuela para chicos con discapacidades, en Gregorio de Laferrere.

Otro de los expedientes aprobados es la aceptación de un aporte económico con carácter de subsidio realizado por el Ministerio de Cultura de la Nación  a través de la Secretaría de Gestión Cultural de la Nación, para la realización del “15° Festival Internacional de Títeres”.

La Secretaría de Cultura de nuestra ciudad tramito ante el Ministerio de Cultura de la Nación un subsidio dentro de la Convocatoria de Festivales Argentinos, para llevar adelante el Festival Internacional de Títeres que desde el 2008 se realiza en nuestra ciudad.

Este festival cada año ofrece funciones en salas teatrales, siendo uno de los más grandes festivales de títeres del país, garantizando la participación de todos los chicos escolarizados de la ciudad y parajes rurales.

Se designó con el nombre de Barrio Los Manzanos a la fracción sud este de la Chacra 28 y, a su vez,  los nombres de las calles internas que conforman el loteo.

La propuesta surge por parte de un grupo de vecinos del mencionado barrio, quienes presentan un diagrama con las posibles designaciones para las calles internas, cuya temática son nombres de cascadas.

A continuación el listado de nombre de calles elegidos:

  • “Salto del Agrio”;
  • “Cascada Escondida”;
  • “Cascada Vulignanco”;
  • “Cascada Río Bonito”;
  • “Cascada Santa Ana”.

Finalmente se aceptó la solicitud presentada por la Sra. Gladys Noemí EPULEF de uso de la Banca del Vecino para exponer ante el Cuerpo Legislativo sobre la falta de control de las viviendas sociales y su blanqueo en virtud de la Emergencia Habitacional.

Audio completo de la sesión

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